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Publicado 11/01/2017 12:00:04

Comisión de Gobierno interior analiza proyecto de permite limpieza de viviendas de personas con Mal de Diógenes

La Comisión de Gobierno Interior comenzó la ronda de audiencias en el marco del debate del proyecto de ley que modifica las atribuciones de los juzgados de policía local, facultando a estos tribunales para otorgar atribuciones a los municipios en materia de limpieza de viviendas de personas que sufren el mal de Diógenes.

La Comisión de Gobierno Interior comenzó la ronda de audiencias en el marco del debate del proyecto de ley que modifica las atribuciones de los juzgados de policía local, facultando a estos tribunales para otorgar atribuciones a los municipios en materia de limpieza de viviendas de personas que sufren el mal de Diógenes.

Si bien la iniciativa (boletín 10592) ingresó a trámite en marzo del 2016, la instancia se encontraba a la espera de un informe solicitado a la Corte Suprema, para aclarar dudas respecto a la constitucionalidad de la iniciativa.

En dicho documento, el máximo tribunal del país precisa que la autoridad sanitaria cuenta en la actualidad con las herramientas legales para intervenir e incluso allanar las viviendas que presentan problemas de insalubridad para la población, independientemente si el propietario o arrendatario padece la patología.

Asimismo, la Corte Suprema señala que para el trámite del proyecto se debe tener presente que el propietario o arrendatario que sufre el mal de Diógenes no puede ver afectado sus derecho constitucional de privacidad, inviolabilidad del hogar y propiedad por tener o acumular “cosas” en su hogar, salvo que se constate que dicha acumulación genere problemas reales para la salud pública, o para la salud de las personas que habitan la vivienda que se pretende intervenir.

El alto tribunal concluyó en su informe que de prosperar la moción parlamentaria -y a fin de evitar la dispersión e inconsistencias normativas-, es recomendable introducir modificaciones en otros cuerpos reglamentarios, principalmente, en la Ley Orgánica de Municipalidades y en el Código Sanitario, además de regular el procedimiento y tribunal competente para conocer de dichas materias

En este marco, la Comisión de Gobierno Interior recibió a Marcelo Segura, representante de la Asociación Chilena de Municipalidades, quien expuso la visión del organismo sobre el proyecto, el cual establece que se podrá autorizar a las municipalidades, previo informe favorable de la autoridad sanitaria local o regional, para ingresar a las viviendas que, producto de la acumulación problemática y excesiva de residuos y basura, signifiquen un peligro para la salud pública o para las personas que habitan en ella.

Segura destacó el objetivo de la norma, pues el mal de Diógenes “es un problema que afecta con mayor riesgo a aquellas zonas más desprotegidas económicamente”.

“Es en las poblaciones donde ha habido situaciones como incendios que destruyen hasta una manzana completa, eso es un problema real, lo mismo con situaciones sanitarias graves como el tránsito de roedores”, precisó.

Compleja discusión

La discusión fue reconocida como compleja por los parlamentarios puesto que, como advierte la Corte Suprema, la norma debe cautelar los derechos constitucionales de las personas, tal como lo explicó el diputado Ramón Farías (PPD).

“Hay aspectos que deben acotarse con claridad; cómo y quién define cuándo y dónde entrar; cuánto tiempo habría que esperar para que la persona entre en razón; quién califica que la persona efectivamente tiene el mal de Diógenes… son aspectos que tienen que quedar muy bien establecidos para no llegar a conculcar una libertad”, precisó.

En tal sentido, Farías dijo que “no es llegar y entrar a una vivienda, porque es un espacio privado e inviolable definitivamente, por lo tanto hay que tener razones fundadas para ingresar a un lugar”.

En tanto, el diputado Bernardo Berger (RN), indicó que este proyecto es muy necesario porque “hoy día no existen las herramientas legales para poder acometer, intervenir y hacer la limpieza, lo que debe ir de la mano con el tratamiento que se debe hacer a esas personas”.

El proyecto establece además que se notificará de la autorización al habitante de la vivienda, quien tendrá un plazo de 5 días hábiles para realizar las labores de limpieza necesarias. En caso de no realizarse aquellas labores dentro del plazo, el funcionario municipal podrá entrar al hogar, para lo cual deberá portar la orden judicial y entregar copia al habitante, quien permitirá el ingreso a la vivienda, en caso de negarse se podrá pedir auxilio de la fuerza pública.

Este ingreso tendrá como objeto realizar labores de limpieza, aseo, desinfección, desinsectación y desratización, pudiendo eliminar los elementos que constituyan el peligro en el cual se fundó la resolución judicial, las que en ningún caso podrán afectar los bienes necesarios para la subsistencia y comodidad de los habitantes de la vivienda.