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Publicado 30/05/2017 14:55:05

Cámara inició debate de proyecto que faculta al Ministerio Público para querellarse por delitos tributarios

La propuesta legal tuvo un tratamiento diferenciado entre las Comisiones de Hacienda y de Constitución, así, mientras la primera propuso rechazar la idea de legislar, la segunda recomendó su aprobación. La discusión continuará mañana.

La propuesta legal tuvo un tratamiento diferenciado entre las Comisiones de Hacienda y de Constitución, así, mientras la primera propuso rechazar la idea de legislar, la segunda recomendó su aprobación. La discusión continuará mañana.

Facultar al Ministerio Público para querellarse por delitos tributarios, facultad que hoy solo posee el Servicio de Impuestos Internos (SII), es el objetivo del proyecto (boletín 9954) que fuera hoy analizado por la Sala de la Cámara de Diputados y que continuará en discusión en el día de mañana.

La iniciativa fue presentada a la Sala a través de los informes de las Comisiones de Hacienda y de Constitución, que fueron rendidos por los diputados Manuel Monsalve (PS) y Fuad Chahin (DC), respectivamente.

La propuesta legal, iniciada en moción, tuvo un tratamiento diferenciado entre ambos grupos parlamentarios, ya que mientras Hacienda propuso rechazar la idea de legislar (7 de mayo) por una amplia mayoría (solo un diputado votó a favor), Constitución recomendó su aprobación (9 de mayo) por ocho votos a favor, dos en contra y tres abstenciones.

En términos generales, los representantes de la Nueva Mayoría se manifestaron en la sesión a favor de avanzar en el tema, como señal de transparencia y probidad hacia la ciudadanía; al tiempo que legisladores de oposición, particularmente de la UDI, se expresaron en contra, por estimar que el Ministerio Público no da las garantías necesarias de independencia en este tema.

En la oportunidad, el Gobierno, en la voz del Ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, también presentó su objeción a la propuesta legal. Refutó la admisibilidad de la iniciativa, al considerar que es facultad exclusiva del Ejecutivo definir las funciones de los Servicios Públicos.

Respecto del fondo, Valdés remarcó que solo el SII tiene la capacidad técnica para determinar cuándo es procedente avanzar por la vía penal y cuándo no y afirmó que esta facultad es complementaria al ejercicio de fiscalización. Asimismo, recalcó que el Servicio no ejerce su facultad en forma aleatoria o arbitraria y destacó que no avanzar por la vía penal no implica impunidad, por cuanto se hacen valer las responsabilidades infraccionales.