Volver
Publicado 25/05/2018 15:00:00

PDI entregó a diputados propuestas para perfeccionar nueva Ley de Migraciones

Institución hizo entrega de un documento de 16 carillas en el cual se da cuenta de una serie de considerandos para mejorar la operatividad de la normativa

Institución hizo entrega de un documento de 16 carillas en el cual se da cuenta de una serie de considerandos para mejorar la operatividad de la normativa

En el marco del debate del proyecto de Ley de Migración y Extranjería (boletín 8970) que se tramita en la Comisión de Gobierno Interior, la instancia recibió al jefe nacional de Extranjería y Policía Internacional de la PDI, prefecto Inspector Víctor Nakada.

En la ocasión, el alto jefe policial realizó una exposición en la que destacó el rol que cumple la institución en el control del ingreso y la salida de personas del territorio nacional, así como también en la adopción de las medidas conducentes para asegurar su correcta identificación, la validez y autenticidad de sus documentos de viaje y la fiscalización de su permanencia en el territorio nacional.

En virtud de lo anterior y con el objeto de establecer una serie de perfeccionamientos al proyecto, Nakada dio cuenta ante la instancia parlamentaria de los cambios que propone la PDI a las indicaciones presentadas por el Ejecutivo el pasado 9 de marzo.

Respecto a las medidas de control migratorio (art. 130 de la presente ley), se sugiere incluir la declaración policial especializada que permita determinar las causas de alguna infracción para prevenir abusos o delitos a los que puede ser sometido el extranjero.

Asimismo, se propone que estas medidas sean ejercidas por la Policía de Investigaciones de Chile. Incorporando, además, que “en el evento que las citadas contravenciones a la ley o reglamento sean detectadas por otra autoridad policial o marítima, esta pondrá los antecedentes en conocimiento de la Policía de Investigaciones de Chile, a fin que adopte las medidas de control de este artículo y se comunique al Servicio Nacional de Migración, lo pertinente”.

Respecto a lo contemplado en el artículo 38 del Proyecto de Ley de Migraciones, que define la permanencia transitoria como un permiso otorgado por el Servicio Nacional de Migraciones, el que se puede delegar a las autoridades señaladas en la normativa y que incluye a la PDI, la institución recordó que esta condición migratoria es símil al permiso de turismo prescrito en la actual legislación, siendo en la praxis la policía civil la cual lo otorga al momento del control migratorio de entrada al país, por lo cual es menester que esta facultad siga siendo propia y no delegada, lo cual otorga objetividad y profesionalismo a este procedimiento migratorio.

Otro de los puntos objetados es el artículo 157 de la ley, sobre Registro Nacional de Extranjeros. En dicho punto la PDI pide contar con acceso directo para mantener un constante monitoreo de los extranjeros que se encuentren en el país, sobre todos los que se encuentran en situación de vulnerabilidad, brindándoles la debida protección, como por ejemplo, en casos de catástrofes, además de realizar un análisis con la finalidad de detectar el tráfico y la trata de personas a través del cruce de información del Centro Nacional de Análisis Criminal y las Brigadas de Trata de Personas

Finalmente y respecto a observaciones específicas, el prefecto Nakada advirtió tres aspectos en su exposición ante el grupo que preside la diputada Daniella Cicardini (PS):

-No se contempla la figura de la tarjeta de turismo para los extranjeros. (conforme a documentos diferentes al pasaporte, como por ejemplo del Mercosur).

-No se encuentran establecidos requisitos de acreditación económica bajo parámetros objetivos de los extranjeros con permanencia transitoria.

-No existen medidas de control y fiscalización para las personas que celebran contratos de arriendo o dan hospedaje a los extranjeros.