Volver
Publicado 14/09/2018 9:30:00

Requisitos para la residencia temporal en el país fueron aprobados en la Comisión de Gobierno Interior

La instancia continuó en la presente semana con la votación en particular del proyecto de ley de migración y extranjería. Los legisladores ya ratificaron la posibilidad de cambiar la calidad migratoria, la definición de la residencia temporal con un plazo de 180 días, los criterios de otorgamiento y los requisitos para postular.

La instancia continuó en la presente semana con la votación en particular del proyecto de ley de migración y extranjería. Los legisladores ya ratificaron la posibilidad de cambiar la calidad migratoria, la definición de la residencia temporal con un plazo de 180 días, los criterios de otorgamiento y los requisitos para postular.

Con la presencia del subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados continuó avanzando en la votación del proyecto de ley de migraciones y extranjería (boletín 8970).

En la última sesión se aprobó la indicación del diputado Pedro Velásquez (IND), que hacía referencia a la posibilidad de cambiar la calidad migratoria, punto que generó acuerdo, como destacó el diputado Andrés Longton (RN).

“Bajo ciertas excepciones se podrá cambiar la calidad migratoria, una vez estando en nuestro país, obviamente excepcionalísimas. Algo que viene a modificar en parte el proyecto, porque, en inicio, el texto establecía que bajo ninguna circunstancia se podía cambiar la calidad migratoria, pero, en este caso, se abre una puerta al llegar a un acuerdo transversal de la Comisión y eso me parece positivo porque contó con respaldo del Ejecutivo”, informó.

A su vez, se ratificó la propuesta de definición del Ejecutivo respecto de la "Residencia Temporal". Se estableció que esta corresponde a un permiso de residencia otorgado a los extranjeros que tengan el propósito de establecerse en Chile por un tiempo limitado, es decir 180 días.

Dicho permiso podrá concederse a quienes acrediten vínculos familiares con chilenos o residentes definitivos; a aquellos cuya estadía sea concordante con la política nacional de migración y extranjería; y en otros casos calificados.

La postulación desde el extranjero se podrá tramitar vía telemática. Para dicho proceso, se podrá solicitar, a través del Ministerio de RR.EE., que los consulados chilenos recaben antecedentes adicionales, lo que podrá incluir una entrevista personal con el interesado.

Otra norma del Ejecutivo aprobada dice relación a que, vía decreto supremo, se defina la nómina y los requisitos para las subcategorías de residencia temporal. Ello, considerando que el fenómeno migratorio es dinámico y puede cambiar según los criterios de cada gobierno.

La Comisión ratificó ocho situaciones, entre ellas: extranjeros que ingresen a desarrollar actividades lícitas remuneradas, por cuenta propia o bajo subordinación y dependencia; los que se establezcan en el país para estudiar; trabajadores de temporada que ingresen por períodos limitados o interanuales; los que tengan custodia de Gendarmería por penas privativas de libertad, permisos de salida o prisión preventiva o en procesos judiciales; y extranjeros con residencia en Chile por razones humanitarias.

A dichas subcategorías, los parlamentarios pretenden sumar otras nuevas, como puntualizaron los diputados Pedro Velásquez y Ricardo Celis (PPD), por ejemplo para identificar a quienes puedan desarrollar actividades de inversión en el país; o para calificar adultos mayores que lleguen al país por tratamientos médicos.

Estas materias serán votadas en la siguiente sesión, oportunidad donde el Ejecutivo resolverá cuáles apoya y cuáles no. En principio, conforme a lo adelantado, el Gobierno solo estaría de acuerdo con aquellas subcategorías que identifican a los extranjeros que vengan a desempeñar actividades científicas, deportivas y artísticas, contratados para desarrollar su especialidad.