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Publicado 18/02/2019 9:30:00

Sala pide extender exención impositiva a inmuebles declarados monumentos nacionales

En la resolución se resalta que, en la actualidad, solo pueden ser objeto del beneficio tributario los monumentos sin destino comercial.

En la resolución se resalta que, en la actualidad, solo pueden ser objeto del beneficio tributario los monumentos sin destino comercial.

Por 74 votos a favor, 24 en contra y 33 abstenciones, se aprobó la resolución 325 que solicita al presidente de la República instruir a los Ministerios de las Culturas y de Hacienda, que estudien la posibilidad de modificar la Ley sobre Impuesto Territorial, para incluir en la exención de su pago a todos aquellos inmuebles declarados Monumentos Nacionales o Monumentos Históricos, sin importar si tienen o no fines comerciales.

Los considerandos del documento parlamentario indican que uno de los beneficios recientemente incorporados para el fomento de la conservación patrimonial, incorporó la exención del impuesto territorial a los Monumentos Nacionales y a los Históricos sin destino comercial.

No obstante, ello disminuye los posibles beneficiarios de la exención, acotándola en la práctica a entidades sin fines de lucro cuyas posibilidades de realizar inversiones adecuadas para la conservación del inmueble patrimonial son escasas.

En ese marco, la iniciativa plantea que también se deben generar incentivos para poder desarrollar actividades económicas en el inmueble con declaratoria que, a su vez, permitan una adecuada mantención sin que sea necesaria una gran inversión estatal o someter a sus dueños a gastos excesivos e imposibles de financiar.

Esta resolución fue presentada por los diputados de Evópoli Luciano Cruz-Coke, Andrés Molina, Francisco Undurraga y Sebastián Álvarez; y la diputada RN Marcela Sabat.