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Publicado 12/04/2019 12:30:00

Fiscalía entregó observaciones a modificar ley sobre acceso a la información pública

La directora jurídica del Ministerio Público, Marta Herrera, valoró ante los/as diputados/as la iniciativa, no obstante manifestó sus dudas frente a la creación de direcciones de transparencia que propone el proyecto del Ejecutivo, ya que no promovería una respuesta más uniforme.

La directora jurídica del Ministerio Público, Marta Herrera, valoró ante los/as diputados/as la iniciativa, no obstante manifestó sus dudas frente a la creación de direcciones de transparencia que propone el proyecto del Ejecutivo, ya que no promovería una respuesta más uniforme.

El proyecto que modifica la ley sobre acceso a la transparencia (boletín 12.100) y que analiza la Comisión de Constitución de la Cámara modifica siete cuerpos legales distintos, en orden a fortalecer y aumentar los estándares de transparencia en el ejercicio de la función pública.

El texto legal propone crear direcciones de transparencia en los órganos autónomos constitucionales, con el objeto de velar por el cumplimiento del principio de transparencia, como también del derecho de acceso a la información pública.

La propuesta, sin embargo, no es compartida por el Ministerio Público, según explicó la titular de la Dirección Jurídica del organismo, Marta Herrera, ya que, de acuerdo a sus características, no promovería una respuesta más uniforme que es lo que se busca.

“No le vemos mucho sentido a esta institucionalidad que, además, no conversaría necesariamente entre sí. Por lo tanto, no promovería esta intención de tener una respuesta más uniforme”, planteó.

En ese sentido, indicó que están sujetos a un control y tratan de exponer en cifras cómo ese control se ha producido con los años de implementación de la Ley 20.285, que es totalmente externo a través de la Corte de Apelaciones respectiva y que, en muchos casos, perdemos. "Es quien requiere el que gana y nosotros debemos entregar la información y lo que queremos demostrar con eso es que el control funciona”, precisó.

En todo caso, dijo que están abiertos a analizar la mejor forma de generar este control, pero reiteraron que no les parece que la mejor forma sea la dirección de transparencia porque, a su juicio, esto solo burocratiza la respuesta que se le da al usuario aumentando los plazos de respuesta.

Los representantes del Ministerio Público detallaron que los ingresos de solicitudes de información por la Ley de Transparencia se han incrementado de manera exponencial en el período 2013 a marzo de 2019, siendo la Fiscalía Nacional la entidad que más solicitudes de información recibe cada año.

El diputado Leonardo Soto (PS) valoró que los representantes del Ministerio Público no presentaran mayores objeciones a la posibilidad de que en el futuro todo lo relativo a la transparencia de su institución este bajo la supervisión del Consejo para la Transparencia. También coincidió en que la creación de una institucionalidad paralela no es la mejor opción.

“Creo que se fortalece la visión de varios integrantes de la Comisión, dentro de los que me incluyo, en torno a que el Gobierno ha presentado un proyecto de ley donde elige un camino equivocado, que es buscar crear una institucionalidad paralela al Consejo para la Transparencia y ahí situar a estas instituciones”, acotó.

De acuerdo a su opinión, “esto no es conveniente porque significa crear un traje a la medida de estas propias autonomías, donde cada uno será juez y parte respecto de qué hace público y qué mantiene en reserva, generando un incentivo perverso para las propias instituciones”.

La iniciativa en debate extiende el ámbito de aplicación de la ley de transparencia a las Corporaciones y Asociaciones Municipales.

Asimismo, somete a su aplicación al Congreso Nacional, Tribunal Constitucional, Ministerio Público, Contraloría General, Banco Central, Servicio Electoral, Tribunal Calificador de Elecciones y Corporación Administrativa del Poder Judicial.

En cada uno de estos órganos se crearán direcciones de transparencia integradas por tres directores, dos de los cuales serán designados por la Comisión de Transparencia del Estado de Chile y, el restante, por el Presidente, jefe superior u órgano de dirección superior del órgano autónomo constitucional, según corresponda, sobre la base de una nómina que elaborará el Consejo de Alta Dirección Pública.