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Publicado 30/05/2019 12:50:00

Unifican sanción por uso irregular de estacionamientos para personas con discapacidad

Hoy, frente a la misma infracción se aplican dos sanciones diferentes, hecho que implica en la práctica multas de distintos valor. Con el cambio aprobado se elimina esta situación, unificándose el cuadro sancionatorio.

Hoy, frente a la misma infracción se aplican dos sanciones diferentes, hecho que implica en la práctica multas de distintos valor. Con el cambio aprobado se elimina esta situación, unificándose el cuadro sancionatorio.

Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó un proyecto, iniciado en moción (boletín 12071), que viene a unificar criterios a la hora de sancionar la infracción de estacionarse en un lugar destinado exclusivamente para personas discapacitadas.

La Ley 20.422, que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad, definió los lugares en los cuales se deberá contar con estacionamientos para vehículos con derecho de uso exclusivo para estas personas, al tiempo que la Ley de Tránsito identificó el marco sancionatorio para dicha infracción.

Los impulsores de la iniciativa detectaron que este último cuerpo legal posee dos normas que sancionan el hecho, una desde la perspectiva del género de la infracción y la otra desde la especie de dicho género. El problema se ahonda al constatar que cada una de estas disposiciones presenta una sanción distinta.

En efecto, una califica como infracción o contravención grave "usar indebidamente estacionamientos exclusivos para personas con discapacidad”, mientras que la otra determina que es una infracción o contravención menos grave "estacionar o detener un vehículo en lugares prohibidos…o estacionar en un espacio destinado a vehículos para personas con discapacidad, sin derecho a ello”.

El problema práctico es que la primera sanción implica multas que van entre 1 a 1,5 UTM, en tanto que la segunda posee un rango que va desde las 0,5 a 1 UTM. Así, frente a un mismo hecho, se castiga de manera diferente.

Para resolver el punto, el proyecto aprobado arraiga la sanción solo a la disposición que la define como una falta grave, eliminando la mención del caso en la otra norma. De este modo, la multa aplicable solo podrá ir entre 1 a 1,5 UTM.

La iniciativa, despachada ahora a segundo trámite al Senado, fue ingresada el 5 de septiembre de 2018 por los diputados de Evópoli Francisco Undurraga, Luciano Cruz-Coke y Pablo Kast.