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Publicado 13/08/2019 14:30:00

Cámara rechazó propuesta de aplazar nueva regulación para la pesca de la jibia

La ley dispone una entrada en vigencia del nuevo sistema de captura en el presente mes, sin embargo la iniciativa buscó un aplazamiento de un año y medio más al fijado, lo cual no fue aceptado por la mayoría de los legisladores, particularmente de la oposición.

La ley dispone una entrada en vigencia del nuevo sistema de captura en el presente mes, sin embargo la iniciativa buscó un aplazamiento de un año y medio más al fijado, lo cual no fue aceptado por la mayoría de los legisladores, particularmente de la oposición.

En febrero de 2019 fue publicada la ley 21.134, que vino a regular la forma en la cual puede ser capturada la jibia. En dicho marco normativo se dispuso un plazo de seis meses para su efectiva entrada en vigencia, que un grupo de parlamentarios, con respaldo del Ejecutivo, propuso postergar por medio de un proyecto de ley (boletín 12693) que hoy fue rechazado en su idea de legislar por 21 votos a favor, 118 en contra y cuatro abstenciones.

Los votos afirmativos y abstenciones estuvieron radicados en parlamentarios/as del oficialismo, que defendieron la tesis de proporcionar al sector industrial mayor tiempo para adaptarse al nuevo sistema de pesca.

Bajo dicha tesis, la iniciativa planteaba que el nuevo marco normativo, que excluye cualquier arte de pesca para la captura de la jibia salvo la potera o línea de mano, entrará a regir no seis (como se define en la ley) sino 24 meses después de publicada la ley.

La contundente votación negativa que primó, y que sumó votos de la oposición y también del sector oficialista, fue vislumbrándose rápidamente en el transcurso de la sesión, en discursos que reflejaron la larga puga entre los sectores artesanal e industrial y con consideraciones que adelantaba el informe de la Comisión de Pesca, instancia que propuso el rechazo del proyecto.

En dicho texto se destacó un análisis comparativo de los dos sistemas de pesca, arrastre y potera, que dio sustento a que finalmente se impusiera el segundo sobre el primero en el tema de la captura de la jibia.

También se menciona la sustentabilidad del recurso, ya que la pesca de arrastre no discrimina respecto del tamaño, talla, ni tampoco hay referencia en torno a la densidad, lo que resulta pernicioso. Además, se tuvieron a la vista la experiencia internacional y conceptos como la competencia (mejores precios) y la entrega de valor agregado a los productos.

Asimismo, se observó que el proyecto que sustentó la citada ley 21.134 tuvo un largo trámite de cinco años y definió un plazo de seis meses para que la industria adaptara sus aparejos de pesca a la nueva exigencia, periodo en el cual este sector no hizo nada para reconvertirse.


Efectos del rechazo del proyecto:


    La Constitución establece que si un proyecto es desechado en general en la cámara de su origen "no podrá renovarse sino después de un año".

    Sin embargo, determina también que el Presidente de la República, en caso de un proyecto de su iniciativa (no en este caso, ya que es de origen parlamentario), podrá solicitar que la propuesta pase a la otra cámara y, si esta lo aprueba en general por los dos tercios de sus miembros presentes, volverá a la de su origen y solo se considerará desechado si esta corporación lo rechaza con el voto de los dos tercios de sus miembros presentes.