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Publicado 10/10/2019 9:30:00

A Sala proyecto que perfecciona procedimientos penales en materia de extradición

La iniciativa, despachada por la Comisión de Constitución, indica que los procedimientos nacionales de extradición deben hacerse cargo de exigencias que, al no estar reguladas, o bien, no han sido suficientemente regladas, han conllevado la obstaculización e, incluso, la denegación de solicitudes de extradición, por cuestiones netamente procesales.

La iniciativa, despachada por la Comisión de Constitución, indica que los procedimientos nacionales de extradición deben hacerse cargo de exigencias que, al no estar reguladas, o bien, no han sido suficientemente regladas, han conllevado la obstaculización e, incluso, la denegación de solicitudes de extradición, por cuestiones netamente procesales.

En posición de pasar a la Sala, tras ser aprobado por la Comisión de Constitución de la Cámara, quedó el proyecto que perfecciona los procedimientos penales en materia de extradición regulados en los Códigos Procesal Penal y de Procedimiento Penal, a fin de actualizarlos y ajustarlos a los requerimientos que surjan en el marco de la cooperación jurídica internacional entre Estados (boletín 12.664).

El texto legal despachado modifica los procedimientos de extradición activa y pasiva, ambos contenidos en el Código Procesal Penal.

En relación a las modificaciones al procedimiento de extradición activa, se destaca la reformulación de la formalización especial en ausencia del imputado, con fines de extradición y la delimitación de las competencias del juez de garantía y de la Corte de Apelaciones, entre otros.

Con respecto al procedimiento de extradición pasiva, resalta la radicación del conocimiento de la solicitud en el ministro de la Corte Suprema que haya resuelto la detención previa.

Para el presidente de la Comisión, diputado Matías Walker (DC), la extradición pasiva es uno de los temas más delicados y se da cuando otro Estado pide extraditar a un chileno, ya sea porque cometió hechos constitutivos de delitos en ese país o porque tiene que cumplir una condena en otro país.

"Es recomplicado este último caso, porque estamos hablando de países que no necesariamente respetan las reglas del debido proceso o no tienen los mismos principios que tenemos en Chile”, planteó.

En otros países, acotó, se aplica la pena de muerte, se manda a la cárcel a menores de edad en las mismas condiciones que un adulto, entonces, en dicho contexto resultan muy importantes las reglas aprobadas.

“En el caso de la extradición pasiva, lo que nosotros establecemos es que tiene que cumplir con todos los requisitos y todas las condiciones como si esa persona fuera juzgada en Chile. Y también respecto a las reglas de extradición activa, para que delitos cometidos por chilenos o extranjeros en Chile finalmente no queden en la impunidad y puedan cumplir condena en nuestro país”, precisó.

Renuncia voluntaria de parlamentarios

En segundo término la Comisión de Constitución continuó con el proyecto de reforma a la Carta Fundamental que permite la renuncia voluntaria de diputados y senadores a sus cargos (boletín 11.648).

En Chile, a diferencia de otros cargos de representación popular (como Presidente de la República, alcaldes, consejeros regionales y otros), desde la Constitución de 1980, los cargos de senador y diputado son irrenunciables, con la salvedad de renuncia por razones de salud, introducida por la reforma constitucional de 2005.

El diputado Jorge Alessandri (UDI) manifestó que la moción propone que los parlamentarios puedan renunciar sin razones fundamentadas de salud o de otra índole. “Si bien, en principio estamos de acuerdo en que puedan renunciar, nos parece que tiene que ser por una razón calificada”, evaluó.

Indicó que la moción propone también que la Sala tiene que aprobar la renuncia por la mitad más uno, disposición que no compartieron porque podría darse para negociaciones políticas. En este sentido, planteó que “habría que regular bien el tema del reemplazo, ya que hoy esto es designado por el partido político y yo creo que es más democrático que sea el siguiente en votos”.

El proyecto, que continuará su debate en próximas jornadas, menciona en sus antecedentes las diversas propuestas de ley relativas a este tema, presentadas cuando estallaron en 2015 los casos de Penta y Soquimich, involucrando a diversos parlamentarios, debido a la imposibilidad constitucional de permitir la salida o renuncia voluntaria de los senadores y diputados cuestionados.