Volver
Publicado 29/07/2009 11:27:11

Ingresa proyecto que establece elecciones primarias voluntarias para que los partidos políticos nominen a sus candidatos

El proyecto de ley del Poder Ejecutivo (Boletín 6628) regula los procedimientos para la preparación, realización, escrutinio y calificación de las elecciones primarias, mediante las cuales los partidos políticos podrán elegir los candidatos a los cargos de alcalde, diputado, senador o Presidente de la República, y establece el financiamiento público para llevarlas a cabo.

El proyecto de ley del Poder Ejecutivo (Boletín 6628) regula los procedimientos para la preparación, realización, escrutinio y calificación de las elecciones primarias, mediante las cuales los partidos políticos podrán elegir los candidatos a los cargos de alcalde, diputado, senador o Presidente de la República, y establece el financiamiento público para llevarlas a cabo.

El texto destaca que “son innumerables las quejas por la forma en que se seleccionan los candidatos a cargos públicos por los partidos políticos. En esto coinciden casi todas las posturas y posiciones ideológicas y político-partidarias”.

Añade que “la democracia representativa encuentra en la cerrazón y autarquía interna de los partidos políticos y de los pactos, uno de los elementos más deteriorantes para el afianzamiento, desarrollo y progreso del proceso de afirmación de las estructuras y contenidos de un Estado democrático de derecho”.

Agrega que “de ello resulta la imperiosa necesidad de dar a la ciudadanía no solamente una estructura jurídica que, de alguna manera, ayude a mejorar el proceso de selección de candidaturas, sino también de ofrecerle algo nuevo en la vida política nacional. Debemos mostrar a la ciudadanía que no estará obligada a tener que optar en las elecciones nacionales y generales por candidatos impuestos por centros de poder sobre los cuales no tiene la posibilidad alguna de influir”, anota el Mensaje Presidencial.

Primarias serán voluntarias para los partidos políticos

Anota el texto que “los partidos políticos podrán acordar libremente si organizan cada una de las elecciones primarias en que participarán en forma individual o asociados en pacto con otro u otros partidos políticos”.

Subraya que “no obliga a los partidos políticos a realizar elecciones primarias. Cada partido, cuando así lo determinen sus estatutos, podrá participar en procesos de elecciones primarias en la forma y condiciones que establezca esta ley. En todo caso, los respectivos estatutos deberán establecer la obligación de los partidos de someterse a un proceso de primarias cuando así lo solicite un determinado porcentaje de sus afiliados”.

“De esta forma, indica el Mensaje, la decisión de someterse a un proceso de elecciones primarias no queda entregada a las cúpulas directivas de los partidos políticos”.

Fechas

La fecha de las elecciones primarias será determinada por el Servicio Electoral, considerando las propuestas de los partidos o pactos. Todas las elecciones primarias de candidatos a parlamentarios y a alcaldes, de un mismo territorio, se realizarán simultáneamente y el mismo día, aunque sean de partidos o pactos distintos.

Todas las elecciones primarias de candidatos a Presidente de la República, de un mismo territorio, se realizarán simultáneamente y el mismo día, aunque sean de pactos distintos. Del mismo modo, los procesos de primarias de candidatos a Presidente de la República y a parlamentarios, de un mismo territorio, se efectuarán simultáneamente y en un mismo día.

Quiénes podrán participar

Podrán participar todas aquellas personas inscritas en los registros electorales que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión de Elecciones que existirá en cada partido o pacto. Dicha Comisión se coordinará con el Servicio Electoral para el proceso eleccionario.

Sin embargo, si en un mismo territorio electoral se desarrollaren simultáneamente elecciones primarias de más de un partido o pacto, el padrón electoral respectivo se formará con todas las personas que se encuentren inscritas en los registros electorales de dicho territorio.

Voto voluntario

El voto en las elecciones primarias será voluntario y sus resultados serán vinculantes, ya que “sólo podrá ser candidato de los partidos o de los partidos integrantes de un pacto, aquel de los candidatos que hubiere sido proclamado de conformidad con lo dispuesto en esta ley”.

Concluye el proyecto de ley señalando que "no podrán ser candidatos a la elección respectiva quienes hubieren sido candidatos en las elecciones primarias y no hubieren resultado proclamados, ni los demás militantes de cualquiera de los partidos integrantes del respectivo pacto de primarias", con lo cual se busca evitar la presentación en los comicios de candidatos "descolgados" de los partidos políticos.

Miércoles 29 de julio de 2009

Otras Noticias Relacionadas

10 marzo

Publicado 10 de March 2020

6 marzo

Publicado 6 de March 2020

11 marzo

Publicado 11 de March 2020

Presidentes de la Cámara y el Senado se reúnen con firmantes de acuerdo por nueva Constitución

Publicado 9 de March 2020

12 marzo

Publicado 12 de March 2020

Ver más noticias >>>