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Publicado 26/12/2012 15:30:46

Reforma consagra dominio público sobre recursos genéticos y reconoce derechos sobre conocimientos a comunidades indígenas

El objeto principal de la moción es prevenir el uso ilegal de recursos genéticos y conocimientos ancestrales de los pueblos originarios, estableciendo el principio de que las propiedades bioquímicas y genéticas de los recursos biológicos silvestres o domesticados y el conocimiento asociado son públicos.

El objeto principal de la moción es prevenir el uso ilegal de recursos genéticos y conocimientos ancestrales de los pueblos originarios, estableciendo el principio de que las propiedades bioquímicas y genéticas de los recursos biológicos silvestres o domesticados y el conocimiento asociado son públicos.

Buscando proteger el patrimonio genético de las especies autóctonas y el conocimiento de los pueblos originarios, un grupo de diputados presentó una moción (boletín 8751) que reforma la Constitución para consagrar el dominio público sobre los recursos genéticos y reconoce derechos sobre conocimientos a comunidades indígenas.

El proyecto de ley, que será estudiado por la Comisión de Constitución, fue presentado por los diputados René Alinco (Ind), Pepe Auth (PPD), Cristián Campos (PPD), Lautaro Carmona (PC), Alfonso De Urresti (PS), Fidel Espinoza (PS), Luis Lemus (PS), Miodrag Marinovic (Ind), Fernando Meza (PRSD) y José Pérez (PRSD).

En el texto se explica que hoy la contribución de países como el nuestro, rico en flora y fauna silvestre, y rico además en conocimientos propios de nuestros pueblos originarios, toma mayor relevancia en la industria farmacéutica, cosmética, en la agroindustria y en la biotecnología.

Por otra parte la ciencia y la tecnología han jugado un papel fundamental en la transformación, y uso de las riquezas biológicas en actividades comerciales, en la ingeniería genética y la biotecnología, permitiendo transformaciones y usos más eficientes. “En este sentido es importante saber que más del 80% de las patentes en el mundo, concedida o en trámite, respecto de invenciones biotecnológicas se encuentran bajo el control de empresas de Estados Unidos, Europa o Japón”.

Los autores destacan además el concepto de biopiratería, en que a través del uso de leyes de propiedad intelectual se busca tener el control monopólico sobre recursos genéticos que se basan en el conocimiento y la innovación de agricultores y pueblos indígenas.

Se menciona el caso del hongo Rapamune típico de la Isla de Pascua, del cual se extrae una droga llamada rapamicina, considerada como el inmunosupresor de mayor éxito en el mundo -es decir que es la mejor droga para evitar y prevenir el rechazo de órganos en pacientes trasplantados.

Sin embargo el rapamune esta patentizado por la empresa farmacéutica estadounidense Wyeth Pharms Inc. Estas patentes fueron registradas el 15 de septiembre de 1999, y durará hasta el 2014 y es posible que se prolongue su vigencia. “Este como otros casos, solo buscan privatizar de manera directa o indirecta recursos y conocimientos provenientes de nuestra diversidad biológica y conocimientos ancestrales”.

Los diputados señalan que nuestro las autoridades de nuestro país no han asumido una postura proactiva. Hoy cualquier empresa o investigador extranjero puede venir a Chile, obtener y sacar del país cualquier material genético, el que posteriormente estudiado puede generar una patente. Es así, como actualmente en la oficina de patentes de Estados Unidos, existirían derechos de propiedad intelectual en a lo menos 11 compuestos o procesos derivados de 9 especies chilenas, tales como el streptomyces higroscopicus, hongo propio de Isla de Pascua de donde deriva la rapamicyina; el tomate silvestre, el boldo, el quillay, avellano, quínoa, entre otras.

Por otro lado, Venezuela, Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia han constituido el Régimen Andino de Acceso a Los Recursos Genéticos, un sistema común de acceso a sus recursos genéticos

“Nuestro país debe hacer suyo el patrimonio genético propio de nuestra nación, y que es común a todos los chilenos, y que se encuentra radicado en sus especies vegetales y animales, además del genoma de sus habitantes, y no pueden ni deben ser patentados ante terceros estados y menos por transnacionales, y cualquier tipo de aprovechamiento que se realice de esta riqueza genética nacional debe ser en el marco dado por la Convención sobre Diversidad Biológica”, indica el texto.

De esta forma, el proyecto propone reformar la Constitución, para establecer que e Estado de Chile tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de los recursos genéticos, de sus propiedades bioquímicas, y de sus derivados, en relación a animales y vegetales de carácter endémico que se encuentren en su territorio

Una ley Orgánica Constitucional, regulará el acceso a estos recursos, velando por salvaguardar los intereses de la nación, y por la participación justa y equitativa de los beneficios de los recursos genéticos.

Adicionalmente, el proyecto dispone que el Estado reconoce y ampara el derecho de sus comunidades indígenas sobre sus conocimientos y prácticas ancestrales, asociadas a recursos genéticos y sus derivados.