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Publicado 26/06/2013 14:00:47

Presentan reforma constitucional que limita el privilegio de la inviolabilidad parlamentaria

La moción, presentada por diputados RN y UDI, hace la diferencia frente a la imputación de crímenes o simples delitos en contra de terceros.

La moción, presentada por diputados RN y UDI, hace la diferencia frente a la imputación de crímenes o simples delitos en contra de terceros.

En la perspectiva de otorgar mayor responsabilidad a la función fiscalizadora de los miembros del Congreso Nacional, un grupo de diputados oficialistas, liderados por Karla Rubilara (RN), presentó una reforma constitucional (boletín 8981) que limita el privilegio de la inviolabilidad parlamentaria.

La moción, enviada a la Comisión de Constitución para su estudio, fue ingresada a trámite el pasado 11 de junio por la diputada Rubilar, junto a sus compañeros de bancada Pedro Browne y Cristián Monckeberg y al diputado UDI Cristian Letelier.

Según explicaron los legisladores, la norma vigente indica que los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten y los votos que emitan en el desempeño de sus cargos, en sesiones de Sala o de Comisión.

Estimaron atendible blindar con cierta protección a los parlamentarios, atendida la naturaleza de su función fiscalizadora y su constante exposición, no solo a la crítica pública, sino también a las intimidaciones o querellas inoficiosas que puedan obstaculizar su trabajo.

“Sin embargo, no creemos necesaria la existencia de la inviolabilidad en términos absolutos, ya que con ello sólo estamos consagrando la posibilidad que tiene un parlamentario de delinquir de manera impune. Asimismo, el fuero parece suficiente barrera a los obstáculos que se pueden presentar a diputados y senadores con ocasión de sus funciones”, plantearon.

En este plano, acotaron, la moción busca modificar el artículo 61 de la Constitución, agregando que la inviolabilidad será respetada “siempre que (las opiniones) no constituyan imputación de crímenes o simples delitos en contra de terceros”.

“Nos parece que la función fiscalizadora no debe ser un pretexto para la acusación fácil y liviana. Es más, en la medida que las denuncias y las acusaciones se realicen en un marco de responsabilidad y gocen de verosimilitud, parece difícil que un tribunal de lugar a desafueros y allane la vía judicial en su contra”, recalcaron.

Sostuvieron que una inviolabilidad tan amplia y en los términos del actual texto constitucional, sólo podría justificarse si nuestros parlamentarios carecieran de fuero.