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Publicado 30/12/2013 12:00:50

Plantean la desalinización del agua de mar para su uso en procesos productivos mineros

La iniciativa legal presentada por un grupo transversal de diputados dispone que las empresas mineras cuya extracción de agua sobrepase los 150 litros por segundo, tendrán la obligación de incorporar la desalinización de aguas marítimas dentro de sus procesos productivos.

La iniciativa legal presentada por un grupo transversal de diputados dispone que las empresas mineras cuya extracción de agua sobrepase los 150 litros por segundo, tendrán la obligación de incorporar la desalinización de aguas marítimas dentro de sus procesos productivos.

Los diputados autores del proyecto de ley (boletín 9185) consideran que además de la limitación de la disponibilidad de agua dulce en el mundo, existe una distribución desigual del recurso en las distintas superficies continentales, dando lugar a zonas de abundancia y zonas de escasez de agua.

Ejemplo de ello es la zona norte de Chile, que es una de las zonas más secas del planeta, con escasos recursos hídricos superficiales y en la que, además, existe una creciente demanda de agua por parte de las distintas actividades productivas, particularmente la Minería.

Para evitar el uso excesivo de agua dulce en la minería, una de las soluciones es la desalación o desalinización, proceso mediante el cual se elimina la sal del agua de mar o salobre para obtener agua potable. Dentro de las empresas que actualmente aplican este proceso en Chile está Minera Michilla, Escondida, El Abra, e incluso Codelco en sus divisiones Radomiro Tomic y Chuquicamata.

El problema está en que estas iniciativas que resultan en procesos productivos muy eficientes, no están reguladas en nuestro país, por tanto el objetivo de este proyecto es dotar de una normativa legal que establezca principalmente su obligatoriedad en todas las empresas mineras.

Por esto el proyecto moficia el Código de Minería, estableciendo que el uso de las demás aguas necesarias para explorar, explotar o beneficiar sustancias minerales se sujetará a las disposiciones del Código de Aguas y demás leyes aplicables, salvo aquellas aguas desalinizadas, las que serán reguladas por un reglamento que será dictado para tales efectos.

Las empresas mineras cuya extracción de agua sobrepasen los 150 litros por segundo tendrán la obligación de incorporar la desalinización de aguas marítimas dentro de sus procesos productivos cumpliendo con las normas establecidas en el reglamento antes dicho.

El proyecto de ley fue presentado por los diputados Fuad Chahín (DC), Marcos Espinosa (PRSD), José Pérez (PRSD), Ricardo Rincón (DC), Alberto Robles (PRSD), Marcelo Schilling (PS), Carlos Vilches (UDI) y Matías Walker (DC) y será analizado por la Comisión de Minería.

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