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Publicado 26/03/2014 10:30:00

Proyecto aumenta la pena por causar lesiones menos graves a una víctima

La propuesta legal, presentada por un grupo transversal de diputados, considera también la introducción del concepto de crueldad o sevicias en las calificaciones de un homicidio o de una lesión.

La propuesta legal, presentada por un grupo transversal de diputados, considera también la introducción del concepto de crueldad o sevicias en las calificaciones de un homicidio o de una lesión.

Buscando generar mayores desincentivos a la comisión de actos delictuales por parte de grupos radicales o por personalidades sicopáticas, entre otros, un grupo misceláneo de diputados ingresó un proyecto (boletín 9272) que aumenta la pena para el delito de lesiones menos graves e introduce el concepto de crueldad o sevicias en las calificaciones de un homicidio o de una lesión.

La moción, derivada a la Comisión de Constitución para su análisis, fue ingresada a trámite legislativo el miércoles 12 de marzo por los ex diputados PPD Enrique Accorsi, María Antonieta Saa y Adriana Muñoz y por los diputados Fidel Espinoza (PS), Fernando Meza (PRSD), Sergio Ojeda (DC) y Gaspar Rivas (RN).

La propuesta, en primer término, eleva la pena para la comisión del delito de propiciar lesiones menos graves a una víctima. Según se informó, la mutilación de miembros menos importantes se califica hoy en Chile con presidio menor en sus grados mínimo a medio (entre 61 días y tres años y un día), lo cual se consideró muy bajo por las secuelas físicas y psicológicas que quedan. “De ahí que la mutilación de miembros menos importantes deba ser de presidio menor en sus grados medio a máximo (de 541 días a cinco años)”, estimaron los autores.

Asimismo, resaltaron, en el derecho comparado y a diferencia del caso chileno, los delitos de homicidio y lesiones, son relacionados con las circunstancias en que se cometieron, las que en la generalidad incluyen lesiones. “Una modificación en tal sentido le daría un orden mucho más lógico. En consecuencia, es respecto de todas las circunstancias que debiera operar el aumento en grado de la pena correspondiente”, plantearon.

Indicaron que si el hechor incurre en actos reiterados de violencia física o psíquica, se está en presencia de actos de sevicia o crueldad que, de llegar al homicidio o a las lesiones más graves y sumado a una conducta dolosa directa o eventual del hecho, representa una conducta de mayor condena que debe calificarse como tal y respecto de lo cual este proyecto avanza al agregar el tipo a las demás circunstancias calificantes de los delitos de homicidio y lesiones.

“Comparativamente no es lo mismo que los delitos de homicidio o lesiones se cometan sin concurrir en circunstancias de sevicia. Tomando en consideración el derecho comparado, es un imperativo del derecho que la normativa penal haga la distinción”, comentaron.