ࡱ > 6 8 5 bjbj , } } } } D $ } 0 ` b b b b b b $ R , , , . ` , ` , , , 0x } , L 0 , ( , , , , : 4 Ministerio de Hacienda Direccin de Presupuestos Reg. 379/ZZ IF N 77 - 25/08/2014 Informe Financiero Proyecto de Ley que autoriza un aporte de capital extraordinario a la Corporacin Nacional del Cobre de Chile y autoriza a la Presidenta de la Repblica para contraer endeudamiento Mensaje N 438 - 362 I Antecedentes El presente proyecto de ley tiene como objetivo apoyar el financiamiento de los proyectos de inversin contenidos en el Plan de Negocios y Desarrollo para el periodo 2014 - 2018 de la Corporacin Nacional del Cobre de Chile -CODELCO. En este sentido, el proyecto autoriza al Fisco para que pueda realizar aportes extraordinarios de capital a CODELCO, por un monto de hasta US$ 3.000 millones, moneda de los Estados Unidos de Amrica, desde la entrada en vigencia de la ley y hasta el 28 de febrero del ao 2018. Adicionalmente, el proyecto autoriza a la Presidenta de la Repblica para contraer obligaciones, en el pas o en el exterior, en moneda nacional o en monedas extranjeras, hasta por la cantidad de US$ 3.000 millones, moneda de los Estados Unidos de Amrica, en el mismo plazo antes indicado. Finalmente, el proyecto dispone que el Directorio de CODELCO deber poner a disposicin de la Junta de Accionistas un Informe Anual de Avance del Plan de Negocios y Desarrollo del ao 2014, cuyos contenidos sern definidos en Junta Extraordinaria de Accionistas. Los efectos de la presentacin de este Informe Anual se presentan en el mismo proyecto de ley. II. Efecto del Proyecto sobre el Presupuesto Fiscal En primer lugar, el artculo 1 del proyecto de ley tiene impacto financiero fiscal, puesto que requiere de una reduccin de los recursos disponibles en activos financieros del Tesoro Pblico, ya sea en moneda nacional o extranjera, para los aportes de capital a CODELCO, en los aos en los cuales stos se realicen. Lo anterior, representa transacciones entre activos financieros del Fisco, por lo que no afectan su patrimonio neto. Pgina 1 de 2 Ministerio de Hacienda Direccin de Presupuestos Reg. 379/ZZ IF N 77 - 25/08/2014 En segundo lugar, el artculo 2 tendr impacto en los ingresos generales de la Nacin, al realizar las emisiones de deuda que se autoricen y por los montos que efectivamente se logren de tales emisiones. Sergio Granados Aguilar Director de Presupuestos Visacin Subdirector de PresupuestosVisacin Subdirector de Racionalizacin y Funcin Pblica Visacin Jefe Divisin Finanzas Pblicas: Pgina 2 de 2 0 1 < = R U W i j oZG2GZ )h7 5B*CJ \^J aJ mH ph222 sH %h7 5B*CJ \aJ mH ph222 sH )h7 5@ B*CJ \aJ mH ph222 sH -h7 5@B*CJ RHv \aJ mH ph222 sH h7 CJ aJ 9h7 5@B*CJ OJ QJ RH \^J aJ mH ph222 sH )h7 5@B*CJ \aJ mH ph222 sH 'h7 @ B*CJ ^J aJ mH ph222 sH #h7 @ B*CJ aJ mH ph222 sH h7 )h7 5@B*CJ \aJ mH ph222 sH 1 = S T V W j 4 C s g +-D M $> -D M ^> a$ ed -D M ^e` $" d -D M ^" a$ $d N dX -D M dX -D M ^ dX -D M ^ dX -D M ^ ( ) 3 4 B C $ , ϸψvbvP