Artículo:
Indicación del diputado Ignacio Urrutia al artículo 4, para incorporar el siguiente inciso tercero:
“El fondo que se recolecte deberá ser depositado en una cuenta corriente del Banco del Estado de Chile y de ella se rendirá cuenta a la Contraloría General de la República.”.
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe