Sala de Sesiones

Detalle de Votación

Proyecto Ley:
4545-11
Fecha:
21 junio 2007
Materia:
Establece beneficios para el personal del Sector Salud.
Artículo:
Indicación renovada por la Presidenta de la República al artículo 4° transitorio, para agregar el siguiente inciso segundo, pasando el actual inciso segundo a ser inciso tercero: "Con todo, tratándose de la provisión de los cargos que se creen en la planta de técnicos, no será exigible el título de técnico de nivel superior respecto a los funcionarios que, a la fecha de publicación de la presente ley, tengan veinte o más años de servicio como técnico paramédico, auxiliar paramédico o auxiliar de enfermería en los Servicios de Salud, siempre que acrediten haber aprobado un curso de Auxiliar Paramédico o de Auxiliar de Enfermería, de 1.500 horas como mínimo, de acuerdo a programas reconocidos por el Ministerio de Salud. Para el cómputo de los años de servicios precedentemente referidos se considerarán tanto los años en calidad de titular como a contrata. Igual norma se aplicará respecto al encasillamiento en dicha planta a que se refiere el artículo anterior.".
Sesión:
Sesión n°43, Especial del 21 Jun 2007 a las 16:08hrs.
Trámite:
Segundo Trámite / Primer Informe
Tipo de Votación
Proyecto Ley
Quorum
Ley Organica Constitucional
Resultado
Aprobado
A Favor En Contra Abstención Dispensados
70 8 10 0

A Favor

En Contra

Abstención

Artículo 5° B ley orgánica constitucional del Congreso Nacional

Pareos