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Publicado 15/09/2014 9:00:41

Iniciativa propone impedir que se aplique remisión condicional en delitos de elaboración y tráfico de estupefacientes

La propuesta busca corregir una contradicción legal, puesto que mientras quienes están condenados por comercializar pequeñas cantidades no pueden acceder a este beneficio, los productores de drogas y sustancias ilícitas no tienen esta prohibición.

La propuesta busca corregir una contradicción legal, puesto que mientras quienes están condenados por comercializar pequeñas cantidades no pueden acceder a este beneficio, los productores de drogas y sustancias ilícitas no tienen esta prohibición.

El diputado Jorge Tarud (PPD), presentó una moción (boletín 9523) que modifica la ley N° 18.216, con el objeto de impedir la aplicación de la remisión condicional de la pena en los delitos de elaboración y tráfico de estupefacientes.

El texto legal, remitido para su estudio a la Comisión de Constitución, explica que en el combate al narcotráfico, se han restringido las penas alternativas o sustitutivas a las penas privativas de libertad, para quienes son condenados por dichos crímenes, acentuando aún con más fuerza la intransigencia del legislador de encarcelar a aquellos que, sin la debida autorización, comercialicen drogas o sustancias sicotrópicas.

No obstante, el legislador indica que "actualmente existe una situación totalmente injusta y contraria a toda lógica", puesto que la persona condenada por comercializar pequeñas cantidades de sustancias ilícitas, no puede acceder a la remisión condicional como pena sustitutiva, debido a que la ley expresamente lo establece.

En cambio, los condenados por elaborar, fabricar o extraer sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas productoras de dependencia física o síquica, capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud o bien aquellos que fabriquen, distribuyan o comercialicen sustancias químicas esenciales, con el objetivo de destinarlos a la preparación de drogas estupefacientes o sustancias sicotrópicas, dentro o fuera del país, sí pueden gozar de tal beneficio, ya que ninguna ley se lo prohíbe.

"Sin lugar a dudas que ambas conductas son condenables, pero debe existir un mayor peso contra quienes integran reales bandas que hacen del tráfico su estilo de vida y que logran obtener fortunas atentando contra la vida, sin la opción de beneficiarlos con salidas alternativas que los libre de una pena privativa de libertad", expresa el parlamentario.

Por ello, la iniciativa propone que se modifique la letra b) del artículo 15 de la ley N° 18.216 que establece penas como sustitutivas a las penas privativas o restrictivas de libertad, en el sentido que se agregue la conducta de la elaboración y tráfico de droga contempladas en los artículo 1°, 2° y 3° de la ley N° 20.000, como impedimento para otorgar la remisión condicional.