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Publicado 13/07/2015 11:08:03

Cámara contempla analizar proyecto sobre financiamiento de campañas y propuestas en las áreas de energía y del subsidio al transporte público

Para este martes, 14 de julio, la Sala contempla una doble jornada. En la sesión ordinaria se considera analizar la propuesta que incluye la extensión de la franquicia tributaria para sistemas solares térmicos, una modificación a la ley General de Servicios Eléctricos y la ampliación giro de la Enap; y la iniciativa que busca fortalecer y transparentar la democracia. Luego, en una sesión especial, se abordará el aumento de subsidio del sistema de transporte público.

Para este martes, 14 de julio, la Sala contempla una doble jornada. En la sesión ordinaria se considera analizar la propuesta que incluye la extensión de la franquicia tributaria para sistemas solares térmicos, una modificación a la ley General de Servicios Eléctricos y la ampliación giro de la Enap; y la iniciativa que busca fortalecer y transparentar la democracia. Luego, en una sesión especial, se abordará el aumento de subsidio del sistema de transporte público.

El inicio del tratamiento del nuevo sistema de financiamiento de campañas y partidos políticos se considera para este martes, 14 de julio, en la Sala de la Cámara de Diputados, instancia que proyecta realizar una doble de jornada de sesiones abordando otras dos importantes materias que involucran los ámbitos energéticos y del subsidio al transporte público remunerado.

El proyecto (boletín 9790) que busca fortalecer y transparentar la democracia, incluyendo un sistema perfeccionado de financiamiento de campañas electorales y de partidos políticos será analizado en la sesión ordinaria de la Corporación, la que celebrará entre las 11:00 y las14:00 hrs. Su tratamiento incluye informes de las Comisiones de Constitución y de Hacienda que serán rendidos por los diputados Leonardo Soto (PS) y Manuel Monsalve (PS), respectivamente.

En materia de gastos de campaña, la iniciativa regula los aportes a los candidatos, prohibiendo los aportes de personas jurídicas y estableciendo límites a los fondos que pueden entregar las personas naturales. En la misma línea, por una indicación aprobada la semana pasada, se prohibió los aportes de empresas a partidos políticos.

Además, la propuesta legal termina con la figura de los aportes reservados, ya que tanto la entrega como la identidad de los aportantes serán públicos, realizándose el proceso a través del Servicio Electoral (Servel).

La normativa también rebaja los límites de gasto electoral que podrán realizar los diferentes candidatos en cada elección; regula la rendición de cuentas; y establece sanciones si se superan los gastos permitidos, se reciben aportes irregulares o se utilizan en fines distintos.

En materia de propaganda electoral, el proyecto determina los plazos para esta y los tipos que pueden ejecutarse; y para realizar todas esta nuevas medidas se otorgan nuevas atribuciones al Servel, las cuales se complementarán con la reforma que entrega autonomía constitucional a la institución y la ley orgánica que posteriormente definirá sus funciones.

Paneles solares y ampliación de giro de Enap

En la sesión ordinaria también se considera analizar el proyecto (boletín 9628) que incluye la extensión de la franquicia tributaria para sistemas solares térmicos, una modificación a la ley General de Servicios Eléctricos y la ampliación giro de la Empresa Nacional del Petróleo (Enap).

La iniciativa extiende la vigencia de la franquicia tributaria para el Sistemas Solares Térmicos (SST); perfecciona el modelo modificando la escala del beneficio y promoviendo la sostenibilidad de los proyectos por al menos 5 años; y promueve el impacto de estos proyectos dentro de la población más vulnerable.

La renovación de la franquicia tributaria de la Ley 20.365 se hará efectiva entre los años 2015 a 2019, modificándose la escala del beneficio: viviendas con un valor inferior a las 2000 UF, 100% (mantiene la norma vigente); entre las 2000 UF y menos o igual a las 3000 UF, se aplica un porcentaje decreciente desde 100% a 0% a medida que sube el costo de la vivienda.

El proyecto mantiene la idea que el beneficio tributario podrá cubrir todo o parte del costo del SST más el costo de instalación y agrega que se puede cubrir el costo de un programa de mantención por 5 años (para lo que hay un incremento de los valores topes en 3UF respecto del valor vigente el año 2013, para el caso de SST unifamiliar). Además, elimina la inspección gratuita para SST y establece el requerimiento de un contrato de mantención del SST por 5 años, como requisito para acceder al beneficio.

El segundo mecanismo contemplado en esta ley es un subsidio directo para financiar la instalación de SST en viviendas nuevas subsidiadas por el Estado. Con el subsidio se podrá financiar todo o parte del valor del SST, su instalación, refuerzo de techumbre y programa de mantención por cinco años. Además, se establece el requerimiento de un contrato de mantención del SST por cinco años, como requisito habilitante para acceder al beneficio.

Adicionalmente, el proyecto incluye una modificación a la Ley General de Servicios Eléctricos por la que se hace extensivo al concesionario oneroso del Ministerio de Bienes Nacionales de terrenos donde se desarrolla un proyecto de generación de energías renovables no convencionales (ERNC), así como a sus líneas de transmisión y caminos de acceso, de la caución necesaria para responder de la demolición de la obra o de la indemnización de los perjuicios que, de continuarse, pudieran seguirse al contendor en tales juicios (la norma, ya aplicable a otras fuentes, tiene por objeto hacerse cargo de la creciente conflictividad y oposición de concesiones eléctricas, con el consecuente retraso en las obras en materia energética).

Finalmente, la propuesta contempla una ampliación del giro de Enap para permitirle acceder al negocio de la generación eléctrica. Este punto motivó el retraso del despacho de la iniciativa meses atrás y su reevaluación por parte de la Comisión de Minería y Energía que, finalmente, no logró acuerdo con el Gobierno en torno al porcentaje mínimo de participación que la estatal debe tener en las empresas que constituya en el rubro. Mientras el Gobierno apeló a una participación máxima de hasta un 66% (normas de las sociedades anónimas), la Comisión insistió en obligar a la estatal a entrar en los negocios con margen superior del 50% del capital social. El tema se zanjará en la Sala, enfrentándose la tesis de la instancia parlamentaria con la indicación renovada del Ejecutivo.

El informe de la Comisión de Minería y Energía será rendido por el diputado Issa Kort (UDI).

Transporte Público

La sesión especial se realizará entre las 16:45 y las 18:30 horas, con el objeto de considerar el proyecto (boletín 10007) que aumenta el subsidio estatal al sistema del transporte público remunerado de pasajeros, el que contemplará informes de las Comisiones de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones y de Hacienda (la instancia sesionará en la mañana de este mismo día, entre las 10:00 y las 11:45 hrs, para despachar la propuesta).

El objetivo principal de la iniciativa es incrementar el aporte fiscal para el subsidio al transporte público en dos tramos: de hasta $120.000 millones en los años 2015, 2016 y 2017; y de $260.000 millones el año 2018 y siguientes, hasta 2022. Un 50% de estos recursos se destinarán para el sistema capitalino (la Provincia de Santiago, Puente Alto y San Bernardo) y el otro 50% para el resto del país. Según explicó el Ejecutivo, en Regiones el subsidio está destinado al financiamiento de iniciativas de transporte, conectividad y desarrollo regional; en tanto que en Santiago, los nuevos recursos estarán destinados a financiar déficit y por esta vía evitar alza de tarifas.

El proyecto también fija un nuevo mecanismo de reajustabilidad del subsidio, aparte del IPC, el que podría comprender el precio del petróleo diésel, el dólar observado y el índice de pasajeros por kilómetro; un fortalecimiento del transporte público (permite a Metro S.A. la prestación de servicios de transporte público remunerado de pasajeros en superficie mediante buses o taxibuses); introduce como nuevos modos de transporte público susceptibles de recibir subsidios los tranvías, teleféricos o ascensores, que complementen los servicios actuales; un beneficio específico para taxis-colectivos y determina medidas para que el Ministerio de Transportes pueda adquirir, instalar, administrar, arrendar y operar los terminales de buses e intermodales que se requieran para la prestación de servicios de transporte público y sus servicios complementarios, entre varios otros puntos.