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Publicado 20/08/2009 13:29:12

Cámara deja pendiente proyecto que establece guardia no armada en centros del SENAME

Por haber concluido la Orden del Día y existir diputados inscritos para participar en el debate, la Sala de la Cámara postergó este jueves la votación de las modificaciones introducidas en el Senado a este proyecto de ley del Ejecutivo (Boletín 5458) que, en lo medular, establece una guardia interna no armada de Gendarmería para garantizar el orden y la disciplina en los centros cerrados y semicerrados del Servicio Nacional de Menores, SENAME.

Por haber concluido la Orden del Día y existir diputados inscritos para participar en el debate, la Sala de la Cámara postergó este jueves la votación de las modificaciones introducidas en el Senado a este proyecto de ley del Ejecutivo (Boletín 5458) que, en lo medular, establece una guardia interna no armada de Gendarmería para garantizar el orden y la disciplina en los centros cerrados y semicerrados del Servicio Nacional de Menores, SENAME.

Durante el debate en el hemiciclo, el ministro de Justicia, Carlos Maldonado, explicó que el Senado, en el segundo trámite, eliminó la norma, aprobada por la Cámara en el primer trámite, que permitía a los menores autores de delitos menores a permutar su condena por rehabilitación de adicción a drogas o alcohol.

Lo anterior, dijo, se debió a que el tema resultaba de una mayor complejidad y que ameritaba una discusión más profunda. Por ello, y para que la iniciativa de crear las guardias no armadas en los recintos del SENAME no sufriera retraso, se acordó que la otra materia se abordará en un proyecto de ley separado, que el Gobierno remitirá al Congreso antes del 30 de septiembre.

Texto final del proyecto

La iniciativa legal, que la Cámara votará después de la semana distrital, modifica la Ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad de los adolescentes por infracciones a la ley penal, para permitir “una guardia no armada de carácter interno, para fines de seguridad y mantención del orden del recinto”.

“La presencia de la guardia interna de Gendarmería deberá evaluarse periódicamente y cesar cuando las condiciones de seguridad y orden del centro lo permitan, a juicio del Servicio Nacional de Menores”, añade el texto legal.

Funciones

“Las funciones de la guardia no armada de carácter interno -donde existiere- serán cumplidas por una unidad especializada que Gendarmería de Chile organizará para el cumplimiento de estos fines y estará integrada por funcionarios especialmente capacitados en responsabilidad penal adolescente y el control de adolescentes infractores. Los contenidos y modalidades de los programas de capacitación serán determinados por Gendarmería de Chile y por el Servicio Nacional de Menores, bajo la supervisión y directrices del Ministerio de Justicia”, añade el proyecto.

Jueves 20 de agosto de 2009

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