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Publicado 07/09/2009 15:26:04

En tabla reforma constitucional que establece elección directa de los consejeros regionales

El proyecto establece la elección directa de los consejeros regionales. Estas autoridades durarán 4 años en sus cargos y podrán ser reelegidos. El consejo regional, en tanto, se define como un órgano normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencia del gobierno regional, encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía regional.

El proyecto establece la elección directa de los consejeros regionales. Estas autoridades durarán 4 años en sus cargos y podrán ser reelegidos. El consejo regional, en tanto, se define como un órgano normativo, resolutivo y fiscalizador, dentro del ámbito propio de competencia del gobierno regional, encargado de hacer efectiva la participación de la ciudadanía regional.

La Cámara analizará este martes, en la sesión que se inicia a las 11:00 horas, las modificaciones del Senado al proyecto (boletín 3436), que reforma la Constitución en materia de gobierno y administración regional. El texto legal tiene carácter de discusión inmediata, es decir, posee un plazo de 3 días para su tratamiento.

Una de las principales materias de esta reforma, ingresada a tramitación en diciembre de 2003, es la elección directa de los consejeros regionales. Pero además, el texto permite la celebración de convenios anuales o plurianuales de programación de inversión pública entre los gobiernos regionales, y entre éstos y uno o más municipios o ministerios.

Certificados de seguridad de bomberos

Previo al análisis de esta iniciativa, la Cámara verá las enmiendas del Senado al proyecto (boletín 1007) que introduce modificaciones en el decreto con fuerza de ley N° 458, de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones, que originalmente establecía la obligatoriedad de certificados de seguridad entregados por Bomberos para los permisos de construcciones en altura y centros comerciales.

La propuesta del Senado faculta al Cuerpo de Bomberos para revisar permanentemente las condiciones de seguridad de las edificaciones, desde el momento de su ejecución, y para verificar el funcionamiento de las instalaciones de emergencia de los edificios, debiendo dejar constancia de sus observaciones en el libro de obras. Para el cumplimiento de estos cometidos, los bomberos tendrán libre acceso a las obras.

Asimismo, se permite que los Cuerpos de Bomberos, después de recibidas las obras, puedan inspeccionar las condiciones generales de seguridad, en especial las contra incendio y las instalaciones de emergencia de los edificios. Si constatan que no se cumplen las condiciones de seguridad previstas, podrán dar cuenta por escrito al Director de Obras Municipales a fin de que aplique las multas y efectúe las denuncias ante el juzgado competente.

El texto legal será informado por el diputado UDI Jorge Ulloa, de la Comisión Especial de Bomberos.

Compra de propiedades de Chaitén

También se encuentra en tabla el proyecto que faculta al Fisco para comprar y vender propiedades particulares afectadas por situaciones de catástrofe, concretamente en la comuna de Chaitén, tras la erupción del volcán.

La Cámara verá las modificaciones del Senado a esta iniciativa (boletín 6010), que se tramita con suma urgencia -10 días de plazo para su discusión-.

La propuesta del Senado dispone que el Fisco, sujeto a los requisitos que esta ley disponga y a que haya acuerdo en el precio, deberá comprar, a través del Ministerio de Bienes Nacionales, hayan o no sido afectados por la erupción del volcán Chaitén o por las secuelas de esta catástrofe, los inmuebles urbanos de propietarios particulares situados en la comuna de Chaitén.

Asimismo, se establece que el Fisco deberá comprar aquella parte, extensión o cabida de los inmuebles rurales de propietarios particulares ubicados en las comunas de Chaitén y de Futaleufú que hayan sufrido cuantiosas pérdidas por la erupción del volcán y sus secuelas, ya sea en los suelos, en las cubiertas vegetales, en la aptitud del suelo para las actividades agropecuarias, en las construcciones o mejoras destinadas a tal fin, o en otras construcciones o mejoras efectuadas o introducidas por sus dueños en estos predios, para cualquier otra actividad productiva o de servicio. Si resultó afectado todo el inmueble rural, el Fisco deberá comprarlo íntegramente.

Información sobre tasa anual de créditos

Finalmente, se encuentra en tabla la moción (boletín 4730), que modifica la Ley del Consumidor, estableciendo la obligación de informar la tasa anual equivalente (T.A.E.), en operaciones de crédito.

El proyecto, de los diputados UDI Gonzalo Arenas, Claudio Alvarado, Eugenio Bauer, Sergio Bobadilla, Marcelo Forni, Iván Norambuena, Manuel Rojas, Ignacio Urrutia, Gastón Von Mühlenbrock y Felipe Ward, define que la tasa anual equivalente será el costo total del crédito, expresado en un porcentaje anual sobre el total del crédito otorgado.

La iniciativa será informada por el diputado Gonzalo Arenas, de la Comisión de Economía.

Homenaje a la Iglesia Evangélica Metodista Pentecostal

Una vez concluido el Orden del Día, la Sala realizará un homenaje a la Iglesia Evangélica Metodista Pentecostal, que celebra 100 años de existencia en Chile.

Lunes 7 de septiembre de 2009