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Publicado 24/09/2010 9:25:40

Moción propone ampliar localización de proyectos que requieren Estudio de Impacto Ambiental

La iniciativa modifica la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente para incorporar la exigencia de Estudio de Impacto Ambiental a los proyectos que se localicen en parques nacionales, monumentos naturales, reservas nacionales, santuarios de la naturaleza y reservas marinas, entre otras áreas bajo protección estatal.

La iniciativa modifica la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente para incorporar la exigencia de Estudio de Impacto Ambiental a los proyectos que se localicen en parques nacionales, monumentos naturales, reservas nacionales, santuarios de la naturaleza y reservas marinas, entre otras áreas bajo protección estatal.

Los autores del proyecto (boletín 7182) precisan que el artículo 10 de la Ley N.o 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente enumera los proyectos o actividades susceptibles de causar efectos en el entorno y que por ello deben someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, entre los que se incluyen obras en parques nacionales, monumentos naturales y santuarios de la naturaleza.

Sin embargo, hacen presente que el artículo 11 del mismo texto legal, donde se establece los proyectos o actividades que requieren de la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, menciona en su letra d) aquellos localizados en o próximos a poblaciones, recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, susceptibles de ser afectados.

Agregan que la letra e) del mismo artículo impone la misma obligación a las actividades que alteren significativamente, en términos de magnitud o duración, “el valor paisajístico o turístico de una zona”.

A criterio de los patrocinantes de la moción la circunstancia mencionada en esta última disposición “es demasiado vaga y ambigua” por lo que proponen su derogación.

Respecto de lo planteado en la letra d) plantean que la exigencia de Estudio de Impacto Ambiental no debe limitarse a las definiciones genéricas de recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos y glaciares, sino que se extienda explícitamente a los parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas marinas o cualesquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial.

De igual forma, proponen que la misma exigencia se establezca también no sólo cuando el proyecto altere monumentos o sitios pertenecientes al “patrimonio cultural”, como señala la letra f) del mismo artículo 11, sino que también los sitios pertenecientes al “patrimonio natural”.

Los autores de la moción son los diputados RN Mario Bertolino, Pedro Browne, René Manuel García, Nicolás Monckeberg, Leopoldo Pérez y Alejandro Santana.

El proyecto quedó radicado para su estudio en la Comisión de Recursos Naturales.