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Publicado 16/04/2013 12:15:05

Primarias: Ejecutivo ingresó veto para suprimir franja electoral

La propuesta, ingresada esta mañana a la Cámara, será analizada por los diputados en una sesión especial que se realizará a partir de las 17:30 horas.

La propuesta, ingresada esta mañana a la Cámara, será analizada por los diputados en una sesión especial que se realizará a partir de las 17:30 horas.

En uso de sus facultades constitucionales, el Presidente Sebastián Piñera ingresó a tramitación, con carácter de discusión inmediata, observaciones al proyecto (boletín 8819) que perfecciona el sistema de votaciones y de primarias.

El veto sometido a tramitación suprime el numeral 3 del artículo 2° de la iniciativa aprobada la semana pasada por el Congreso. Dicha disposición establecía que “para el caso de las elecciones primarias de Presidente de la República, esta obligación (franja televisiva) regirá durante los treinta días previos a dicha elección, en la franja de las 20:00 horas por dos minutos para cada candidato”.

Esta norma corresponde a una indicación presentada por el senador José Antonio Gómez y que fue aprobada en ambas Cámaras.

El mensaje del Ejecutivo precisa que “en las elecciones primarias lo que se busca es la nominación de candidatos de los partidos políticos o pactos, para que los representen en las elecciones generales. De esta forma, los partidos convocan a la ciudadanía a participar en la definición de aquellos que competirán en las elecciones generales. Por otra parte, en las elecciones generales, la ciudadanía se manifiesta en términos de decidir quiénes serán, en definitiva, aquellos que los representarán en la toma de decisiones públicas”.

En este sentido, el texto agrega que “la indicación tal como fue presentada y aprobada provoca una serie de desequilibrios en el debido desarrollo de los procesos electorales. En este sentido, la transmisión gratuita de propaganda electoral por parte de los canales de televisión abierta, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley N° 18.700, resulta fundamental para los procesos electorales (de Presidente de la República y Parlamentarios) y plebiscitos nacionales, dado que se funda en un motivo de interés general”.

En cambio, añade la iniciativa, de acuerdo a la Constitución las elecciones primarias son actos voluntarios por esencia, a los cuales pueden someterse los partidos políticos para definir la nominación de sus candidatos a ciertos cargos de elección popular. “Así las cosas, las elecciones primarias no corresponden a procesos generales, como sí lo son las elecciones de Presidente de la República y Parlamentarios a efectuarse en noviembre de este año, y en razón de ello, las normas que regulan la propaganda electoral no puede razonablemente aplicarse en los mismos términos”.

Finalmente, el documento daba cuenta de dos inconsistencias en la forma en que estaba redactada la indicación. Por un lado, se planteaba que las transmisiones debían efectuarse durante los treinta días anteriores a la elección primaria, y por ende habría franja hasta el día anterior a la elección, mientras que en las elecciones generales la trasmisión de la propaganda electoral se efectúa desde el trigésimo y hasta el tercer día anterior al de la elección de Presidente y parlamentarios o plebiscito, con el objeto de dejar a salvo la libertad de sufragio de los electores.

El segundo inconveniente se daba porque la indicación establecía dos minutos por candidato presidencial, sin señalar un límite que haga razonable la propuesta. “Como consecuencia de lo anterior, podría suceder que en una determinada elección primaria sean muchos quienes se promuevan para la nominación de candidato a Presidente de la República, haciendo aun más gravosa la carga que se está entregando a los canales de televisión”.

El veto presidencial fue enviado para su análisis a la Comisión de Gobierno Interior, y será votado en la Sala en una sesión especial que se realizará esta tarde entre las 17:30 y las 19:30 horas.