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Publicado 02/09/2013 19:34:01

Ley Emilia: Cámara rechaza cambios del Senado y proyecto se va a Comisión Mixta

Los diputados rechazaron los cambios que realizó el Senado a la llamada “Ley Emilia”, que busca aumentar la pena del delito de manejo en estado de ebriedad cuando se causen lesiones gravísimas o la muerte. El texto debe ser revisado ahora por una Comisión Mixta de diputados y senadores.

Los diputados rechazaron los cambios que realizó el Senado a la llamada “Ley Emilia”, que busca aumentar la pena del delito de manejo en estado de ebriedad cuando se causen lesiones gravísimas o la muerte. El texto debe ser revisado ahora por una Comisión Mixta de diputados y senadores.

La Cámara rechazó las modificaciones del Senado al proyecto (boletín 8813) que modifica la Ley de Tránsito N° 18.290 en lo referido al delito de manejo en estado de ebriedad, causando lesiones gravísimas o con resultado de muerte.

Corresponde ahora que una Comisión Mixta zanje las divergencias de ambas cámaras. En el caso de los diputados, integrarán esta instancia los diputados Gustavo Hasbún (UDI), Javier Hernández (UDI), René Saffirio (DC), Guillermo Ceroni (PPD) y René Manuel García (RN).

La iniciativa fue presentada el 6 de marzo de este año por los diputados Sergio Aguiló (IC), Lautaro Carmona (PC), Hugo Gutiérrez (PC), Gustavo Hasbún (UDI), Carlos Abel Jarpa (PRSD), Juan Carlos Latorre (DC), Marcelo Schilling (PS), Guillermo Teillier (PC), Adriana Muñoz (PPD) y Alejandra Sepúlveda (Ind).

El proyecto surgió a raíz de la trágica muerte de la pequeña Emilia Silva Figueroa, de tan sólo nueve meses de edad, el pasado 20 de enero, producto del fuerte impacto recibido en la parte posterior del vehículo en que viajaba junto a sus padres, por culpa de un conductor en estado de ebriedad.

Tal como fue aprobada por la Cámara en el primer trámite, la moción eleva la pena del delito de conducción en estado de ebriedad, cuando se causen lesiones gravísimas, a presidio mayor en su grado mínimo (cinco años y un día a diez años) y cuando el resultado sea la muerte, la pena será de presidio mayor en sus grados mínimo a medio (cinco años y un día a quince años).

En ambos casos, se establece una multa de 20 a 50 unidades tributarias mensuales, además de la pena de inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica, y el condenado no podrá optar a ningún tipo de beneficio penitenciario.

Por último, el tribunal decretará como medida cautelar la incautación inmediata del vehículo, medio de transporte, o máquina conducida por el autor del delito, en el caso de ser dueño de él.

Modificaciones del Senado

El Senado, en tanto, modificó la norma estableciendo una gradualidad de presidio menor en su grado máximo (61 a 540 días) a presidio mayor en su grado mínimo (5 años y un día a 10 años), disponiendo además una serie de condiciones para la aplicación máxima de la pena.

De esta forma, se estableció que la pena se aplicará en su grado máximo en los casos en que el delito sea cometido por un conductor que se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:

- Que el nivel de alcohol en la sangre, al momento de los hechos, haya sido igual o superior a 1,2 gramos, o cuando la conducción, operación o desempeño sean ejecutados en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias estupefacientes o sicotrópicas.
- Que haya sobrepasado en 30 kilómetros por hora o más la velocidad máxima autorizada en el lugar de comisión del hecho.
- Que hubiese sido condenado o se encuentre actualmente sujeto a una suspensión condicional del procedimiento por alguno de los delitos establecidos en la norma. Estas circunstancias no se tomarán en cuenta después de tres años contados desde la fecha en que quedó firme la sentencia o resolución que impuso la condena o decretó la suspensión.
- Que no fuera titular del permiso de conducir exigido por la ley o su permiso hubiese sido anulado o falso.
- Que su profesión u oficio consista en el transporte de personas o bienes y el delito haya sido cometido en el ejercicio de sus funciones.

En general, los diputados no estuvieron de acuerdo con estas modificaciones que rebajan la sanción penal y establecen una serie de condicionantes para aplicar el máximo de la pena.