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Publicado 15/01/2014 18:56:45

Diputados de Hacienda aprobaron bono para familias numerosas

La iniciativa ya cuenta con la aprobación de la Comisión de Superación de la Pobreza.

La iniciativa ya cuenta con la aprobación de la Comisión de Superación de la Pobreza.

Con el respaldo de una amplia mayoría de los diputados presentes en la sesión de hoy, la Comisión de Hacienda aprobó y despachó a la Sala de la Cámara el proyecto (boletín 9040) que crea el bono para las familias numerosas, el cual comienza a entregarse a partir del nacimiento del tercer hijo o hija.

La iniciativa, que se encuentra con calificación de urgencia de discusión inmediata, esto es, un máximo de siete días para efectuar el trámite, será vista mañana por la Sala de la Cámara de Diputados. En la oportunidad se dará cuenta de los informes de las Comisiones de Hacienda y de Superación de la Pobreza, presentados por el diputado José Miguel Ortiz (DC) y Andrea Molina (UDI), respectivamente, ambos en el sentido de apoyar la propuesta legal.

El diputado Miodrag Marinovic (Ind), presidente de la Comisión de Hacienda, reconoció que el proyecto generó algunas discrepancias y objeciones, pero destacó que, finalmente, una mayoría significativa de los legisladores estuvo por entregar estos recursos, especialmente tras las explicaciones del Ministro de Desarrollo Social, Bruno Baranda.

Informó que en la sesión se presentó una indicación parlamentaria destinada a aclarar que los recursos que se derivarán para el pago de los bonos serán imputados a la partida presupuestaria del Ministerio de Desarrollo Social y no del Tesoro Público, la cual fue acogida por el Ejecutivo y respecto de la cual sólo quedó pendiente la firma del Presidente de la República.

El Proyecto

La iniciativa legal ingresó a trámite legislativo el 31 de julio de 2013, teniendo como norte su aprobación y despacho desde el Parlamento en ese mismo año. Sin embargo, debido al retraso del trámite, la entrada en vigencia del beneficio tuvo que ser ajustada, eliminándose del texto la fecha programada para el 1 de enero de 2014 y dejando en su reemplazo una norma que indica que la normativa comenzará a regir desde la fecha de publicación de la ley.

El proyecto crea un bono destinado a las madres que tengan un tercer hijo o hija o más, biológico o adoptado, y a los padres solteros, divorciados o viudos que por adopción tengan un tercer hijo o hija o más.

El bono ascenderá a $100.000 por el tercer hijo o hija; $150.000 por el cuarto; y $200.000 a contar del quinto. Se concederá por una sola vez, será de cargo fiscal, no imponible ni tributable; no constituirá remuneración ni renta para ningún efecto legal; ni se encontrará afecto a descuento alguno. Tampoco será considerado subsidio periódico para efectos de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 20.595 (Ingreso Ético Familiar).

La administración del bono corresponderá al Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Subsecretaría de Evaluación Social.

Para recibir este beneficio, la madre o el padre, según corresponda, personalmente o por cualquiera a su nombre, a partir de la fecha de inscripción del hijo o hija en el Registro Civil respectivo y hasta los 12 meses siguientes a dicha fecha, deberá presentar su solicitud ante el Ministerio de Desarrollo Social, a través de un formulario que también estará disponible en formato electrónico. Transcurrido este plazo, se entenderá que se está renunciando al bono. El plazo para el cobro del bono será de seis meses, contados desde la emisión del pago.

Si el beneficiario o beneficiaria fallece dentro de este plazo, sin haber solicitado el bono, este podrá ser solicitado o concedido, según corresponda, por quien tenga su cuidado legal o judicial. Este bono también se podrá solicitar y conceder, si el hijo o hija han fallecido

Según explicó el Ejecutivo en su minuto, el beneficio es para todas las madres, sin importar su condición social o situación de vulnerabilidad, dado que el bono es un reconocimiento a la maternidad.

El proyecto, cuyo costo se estima en US$ 14 millones anuales, no es de aplicación retroactiva, sino que se aplicará a los nacimientos o adopciones que se produzcan a partir de la fecha de entrada en rigor del beneficio.

El monto del bono se reajustará el 1 de febrero de cada año en el 100% de la variación que haya experimentado el Índice de Precios al Consumidor, determinado e informado por el Instituto Nacional de Estadísticas u organismo que lo reemplace, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año calendario anterior. El primer reajuste será el 1 de febrero de 2015.

Datos aportados a la Comisión por la Red de Familias Numerosas señalan que el 6,2% de los hogares de Chile (poco más de 309 mil) tiene esta característica. Sin embargo, las cifras muestran una clara tendencia a la baja, a una tasa de disminución del 4,6% anual.

El 45% de las familias con tres hijos está en el primer quintil, es decir, el más vulnerable, y, a medida que el número familiar se acrecienta, la incidencia es mayor. Así, los hogares con cinco o más hijos se concentran en un 90% en este grupo etáreo, ahondando su condición de pobreza o vulnerabilidad.

Las cifras indican también que el 55% de las madres de una familia numerosa tuvieron su primer hijo antes de los 20 años y un alto grupo se constituye como monoparentales: 32% en el primer quintil y 21% en el segundo.