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Publicado 29/07/2014 15:00:10

Diputados proponen cambios a inscripción de nacimientos

Mediante una moción paralmentaria se propone que el nacimeinto se registre indistintamente en el lugar del parto o en el registro correspondiente al domicilio de los padres.

Mediante una moción paralmentaria se propone que el nacimeinto se registre indistintamente en el lugar del parto o en el registro correspondiente al domicilio de los padres.

El proyecto fue presentado por los diputados de la UDI Celso Morales, Felipe De Mussy; Gustavo Hasbún, Javier Hernández; José Antonio Kast, Patricio Melero; Ernesto Silva, Ignacio Urrutia y Osvaldo Urrutia, y la diputada Claudia Nogueira.

El objetivo del texto (boletín 9438) es modificar el DFL N° 2.128, que aprueba el Reglamento Orgánico del Servicio de Registro Civil, para permitir la inscripción de nacimiento en el lugar de residencia de los padres.

La iniciativa, remitida para su estaudio a la Comisión de Constitución, señala que el nacimiento de una persona conlleva importantes consecuencias jurídicas, y que el lugar de inscripción de un recién nacido guarda estrecha relación con las políticas públicas respecto de las cuales serán destinatarios los habitantes de una determinada localidad.

Así, las autoridades centrales y gobiernos regionales destinarán mayor cantidad de recursos a los centros urbanos o rurales que se encuentren más poblados y tal información es precisamente extraída de datos fidedignos, entre ellos de los que entregue el Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación a partir de las partidas de nacimiento que dispongan, luego de haber sido inscritos las personas luego de su nacimiento.

Norma vigente

La actual norma dispone en el artículo 111 inciso primero, que los nacimientos se inscribirán en los registros de la circunscripción en que ocurrió el parto. Asimismo, si el nacimiento hubiere ocurrido en viaje dentro del territorio de la República o el mar, se inscribirá en la circunscripción donde termine el viaje o en la del primer puerto de arribada.

Pero los legisladores sostienen que dicha normativa a veces conduce a soluciones injustas que no guardan plena consonancia con lo que los padres quieren para sus hijos; y sin importar que la familia pueda residir en otra localidad, hecho que por cierto genera una distorsión en cuanto al conocimiento exacto del lugar donde habita una persona y donde en definitiva desarrollará su vida en lo sucesivo.

Es por ello que la moción otorga a los padres la libertad de elegir el lugar donde inscribir a sus hijos. Dicha elección puede ser el lugar del parto; el domicilio de ambos padres, en el caso que vivan juntos o donde decida la madre, en caso que los padres se encuentren separados.

Esta elección, a juicio de los legisladores hará que el padrón de personas que habitan en una determinada comuna sea más fidedigno y consecuencialmente obedezca mayormente a la realidad que experimente una familia, más allá de toda otra consideración.