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Publicado 31/10/2014 10:00:32

Proyecto obliga a incorporar en centros comerciales sistemas de desfibriladores mecánicos

El texto legal recoge la experiencia de países como Argentina, Uruguay, Brasil, México, España y Francia, donde se exigen estos dispositivos en los grandes centros comerciales como un mecanismo útil frente a un imprevisto como una falla cardiaca de los clientes que transitan por ellos.

El texto legal recoge la experiencia de países como Argentina, Uruguay, Brasil,  México, España y Francia, donde se exigen estos dispositivos en los grandes centros comerciales como un mecanismo útil frente a un imprevisto como una falla cardiaca de los clientes que transitan por ellos.

Preocupados por la seguridad de los clientes que acuden a los malls, los diputados de la UDI Claudia Nogueira, Sergio Gahona, Romilio Gutiérrez, Gustavo Hasbún, Javier Hernández, Joaquín Lavín, Celso Morales, David Sandoval, Osvaldo Urrutia y Enrique Van Rysselberghe presentaron un proyecto de ley que consagra la obligación legal de incorporar en los centros comerciales sistemas de desfibriladores mecánicos (boletín 9652).

La moción, que será estudiada por la Comisión de Economía, explica que este año, la Asociación Chilena de Seguridad ha indicado que las medidas de seguridad en los malls aún son deficitarias, lo que "nos induce como legisladores a adoptar medidas y proponer ideas en torno a establecer los mejores marcos de seguridad respecto de todos aquellos que asisten a estos espacios privados de comercio".

En ese sentido, explican que la existencia de desfibriladores mecánicos, permitirá asistir a una persona que sufre alguna anomalía cardíaca, a objeto de auxiliarla de una forma inmediata y evitar consecuencialmente su muerte.

Un desfibrilador es un aparato electrónico que restablece el ritmo cardíaco a partir de una descarga eléctrica de alto voltaje, cuya finalidad es revertir las arritmias cardíacas rápidas. "En este sentido el desfibrilador, constituye un eficiente mecanismo de primeros auxilios a quien ha sufrido una descomposición en su salud a partir de afecciones de carácter cardíaco, siempre necesario en lugares de alta afluencia de personas, como es el caso de los grandes centros comerciales establecidos a lo largo de nuestro país".

Los diputados sostienen que ya existen desfibriladores en algunos establecimientos educacionales, como una forma de prevenir accidentes cardiovasculares de algunos estudiantes, que lamentablemente, se han hechos recurrentes en el último tiempo.

"Pensamos que la existencia en Chile, de un alto índice de personas que sufren hipertensión arterial, y múltiples otras afecciones cardíacas, demuestran fehacientemente que la asistencia vinculada a este ámbito de la salud, como lo es el coronario, constituye una manera útil y necesaria, para las miles de personas que asisten a diarios a malls y centros comerciales más pequeños, con la sola finalidad de prevenir desenlaces fatales en nuestros ciudadanos", precisan los autores del proyecto de ley.

En concreto, la moción obliga a los dueños de malls y demás centros comerciales a incorporar en sus edificios un número suficiente de desfibriladores mecánicos, con la finalidad de asistir eficientemente a cualquier persona que sufra alguna descompensación cardíaca que requiera auxilio urgente

Se indica que un reglamento determinará el número de aparatos necesarios, tomando en consideración la extensión del edificio y público asistente.