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A ley proyecto que garantiza el pago efectivo de pensiones de alimentos

La norma establece un procedimiento especial para obtener la retención de los recursos adeudados y garantiza la subsistencia adecuada de niños, niñas y adolescentes, permitiendo su desarrollo integral.

Con un apoyo unánime la Sala de la Cámara aprobó y despachó a ley el proyecto sobre responsabilidad parental y pago efectivo de pensiones de alimentos (boletines 14926 y 14946). La propuesta genera una serie de cambios para implementar un procedimiento especial para el cobro de pensiones de alimentos adeudadas.

En él se establece que la deuda se pagará mediante los fondos que el alimentante tenga en cuentas bancarias. Así también en instrumentos de inversión y financieros o en las cuentas de ahorro previsional voluntario. Si no existen fondos en estos instrumentos o son insuficientes, se pagará mediante los fondos de la cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatoria.

La norma también garantiza que la pensión permita que niñas, niños y adolescentes (NNA) subsistan adecuadamente, resguardando su interés superior, autonomía progresiva y desarrollo integral. Con esto, se termina con la discriminación en la legislación que establecía un subsistir modesto “y de un modo correspondiente a su posición social” de NNA.

En cuanto a los costos de implementación de la norma, se considera que irrogará un mayor gasto fiscal en régimen por única vez, para la contratación un equipo de trabajo que permitirá desarrollar e implementar la funcionalidad del nuevo procedimiento. 

El procedimiento

El proyecto establece que el mecanismo de cobro podrá utilizarse cuando el alimentante tenga una o más pensiones insolutas.  Para esto, será necesario que exista una solicitud de retención de los fondos de sus cuentas ante el Tribunal de Familia. Si quien demande no tiene conocimientos de las cuentas bancarias o instrumentos financieros del deudor, se realizará un procedimiento especial.

Este consiste en que el tribunal investigará el patrimonio del alimentante mediante el sistema de interconexión. En él, se tendrán acceso de información de Comisión del Mercado Financiero (CMF), Servicio de Impuestos Internos (SII) y otras instituciones.

En caso de encontrar cuentas e instrumentos de inversión y/o financieros, el tribunal ordenará a las instituciones que informen sobre los saldos y movimientos. Con esto, una resolución oficiará a las instituciones bancarias y/o financieras y decretará una medida cautelar de retención de los fondos del deudor. Aquí se establece también la responsabilidad solidaria de las instituciones si no pagan dentro del plazo establecido.

Cuentas de capitalización

Si el alimentante no mantiene cuentas bancarias u otros instrumentos, o sus saldos son insuficientes, se podrá solicitar los recursos desde las cuentas de capitalización. Para esto, deberá adeudar total o parcialmente tres mensualidades continuas o discontinuas de pensiones de alimentos.

En este procedimiento especial, el Gobierno ha establecido límites en los montos de retención de acuerdo a los años que te resten para jubilar:

  • Si le restan 15 o menos años para jubilar, el límite del pago no podrá exceder el 50% de sus fondos.
  • Entre los 15 años y menos de 30 para jubilar, el límite de pagó será no mayor del 80% de sus fondos.
  • Si le restan más de 30 años para su jubilación, el límite de pago no podrá exceder el 90% de sus fondos.

Como medida precautoria, el alimentante no podrá cambiarse de AFP mientras se efectúa el pago de la deuda. Junto a esto, también se establece la responsabilidad solidaria de la AFP por la demora del pago. Además, se determinan procedimientos para cuando haya más de una persona alimentaria respecto del mismo alimentante.

Otras medidas

La propuesta, analizada en las comisiones de Mujeres y Equidad de Género y Hacienda, también considera otras materias. Entre ellas, establece que no se podrá perseguir pago de la pensión de alimentos en abuelos que a su vez sólo tengan una pensión como ingreso.

También señala que la persona inscrita en el Registro de Deudores tendrá inhabilidad para ser candidato a gobernador regional, consejero regional, alcalde y concejal. Además, el tribunal declarará inadmisible una demanda de rebaja o cede de pensión de alimentos, cuando alimentante esté en el Registro de Deudores.

Junto a esto, también se incluirán en el Registro de Prófugos a las ordenes de arresto a personas que incumplan la norma sobre pensiones alimentos.

Debate

La nueva norma legal fue informada por parte de la Comisión de Mujeres, por la diputada Ana María Bravo (PS). En tanto, el informe de la comisión de Hacienda, lo rindió el diputado Frank Sauerbaum (RN).

Luego, ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, solicitó la palabra para explicar más alcances de la propuesta. En su intervención agradeció la coordinación entre las comisiones de Mujeres del Senado y la Cámara para darle celeridad a la tramitación del proyecto.

Junto a esto, explicó que la norma comenzará a regir seis meses después de la implementación del Registro de Deudores (18 de noviembre 2022). Si bien reconoció la molestia que genera esto en la ciudadanía, explicó que es necesario para implementar eficientemente el sistema de interconexión de datos.

En el debate intervinieron también las y los diputados Gael Yeomans y Francisca Bello (CS), Camila Rojas y Emilia Schneider (COMUNES), Maite Orsini (RD), Javiera Morales (IND), Patricio Rosas (IND), Agustín Romero (PREP), Luis Sánchez (PREP), Stephan Shubert (IND) Jorge Guzmán (EVOP), Hotuiti Teao (IND), Erika Olivera (IND), Carla Morales (RN), Eduardo Durán (RN), Andrés Longton (RN), Andrés Celis (RN), Marta Bravo (UDI), Felipe Donoso (UDI), Cristhian Moreira (UDI), Flor Weisse (UDI), Marlene Pérez (IND), Natalia Romero (IND), Daniel Lilayu (UDI), Carolina Tello (PC), María Candelaria Acevedo (PC), Juan Santana (PS), Felipe Camaño (IND) y Carolina Marzán (PPD).

En sus palabras se expresó el respaldo transversal a la propuesta. Principalmente, se valoró por lo que significa para muchas madres y NNA que por décadas se han visto afectados.

Asimismo se destacó el impacto que generaron los montos de retiros de fondos de pensiones destinados a deudas de pensiones impagas. De acuerdo a cifras contenidas en la propuesta se realizaron 626.848 liquidaciones por un monto promedio de $1.422.909.