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Publicado 17/12/2014 18:39:49

Presidente de la Cámara confirma acciones legales contra Pastor evangélico Javier Soto

Cámara presentará una denuncia en el Ministerio Público de Valparaíso en virtud del artículo 264 del Código Penal.

Cámara presentará una denuncia en el  Ministerio Público de Valparaíso en virtud del artículo 264 del Código Penal.

La mesa de la Cámara de Diputados decidió hoy presentar acciones legales en el Ministerio Público de Valparaíso, tras los hechos de violencia registrados en la Comisión de Constitución -con motivo de la votación del proyecto que crea el AVP- y que tuvieron como protagonista al Pastor Evangélico Javier Soto, quien registró una escena de “inusitada e inaceptable violencia al interior de la Cámara, arriesgando la integridad de los presentes a esta instancia”, precisó el Presidente de la Corporación, diputado Aldo Cornejo.

La idea, agregó, es que se entreguen todas las pruebas y registros audiovisuales existentes, solicitando que se sancione en virtud del artículo 264 del Código Penal, con una pena de reclusión menor en grado mínimo o una multa de 6 a 10 UTM. “Esto -explicó Cornejo-, precisamente para resguardar el libre y normal acceso al Congreso, pero, también, para dejar un claro precedente para quienes perturben e interrumpan el normal funcionamiento de la Corporación; las ideas se debaten y se dialogan, la violencia no es forma ni método para imponer visiones distintas; mucho menos las agresiones e improperios verbales que presenciamos ayer”.

Al respecto, el presidente de la Comisión de Constitución, Ricardo Rincón, precisó que “lo ocurrido ayer no puede volver a repetirse; de hecho, al término de la sesión solicité formalmente a la Mesa de la Cámara redoblar medidas de seguridad para evitar que escenas tan reprochables vuelvan a ocurrir. He solicitado, también, acciones concretas que reflejen el rechazo transversal a este tipo de acciones. No se puede validar la violencia como forma en el debate parlamentario, tampoco las amenazas. El señor Soto tiene que saber que así no se entienden las personas y que cometió un grave error que hoy tendrá que explicar en los tribunales“.

Esta mañana, la Mesa instruyó al Secretario General de la Cámara para que presente la denuncia respectiva.

Artículo 264

El artículo 264 del Código Penal establece lo siguiente:

“El que amenace durante las sesiones de los cuerpos colegisladores o en las audiencias de los tribunales de justicia a algún diputado o senador o a un miembro de dichos tribunales, o a un senador o diputado por las opiniones manifestadas en el Congreso, o a un miembro de un tribunal de justicia por los fallos que hubiere pronunciado o a los ministros de Estado u otra autoridad en el ejercicio de sus cargos, será castigado con reclusión menor en cualquiera de sus grados.

El que perturbe gravemente el orden de las sesiones de los cuerpos colegisladores o de las audiencias de los tribunales de justicia, u ocasionare tumulto o exaltare al desorden en el despacho de una autoridad o corporación pública hasta el punto de impedir sus actos, será castigado con la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales, o sólo esta última”.