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Publicado 22/07/2016 9:30:00

Suspensión de labores con ocasión de emergencias naturales se votaría en la próxima sesión de la Comisión de Trabajo

Los parlamentarios, el Ejecutivo y la Dirección del Trabajo presentarán una redacción conjunta para definir cómo operará el sistema y las situaciones en que se aplicaría. Además, se impulsaría la obligatoriedad de que las empresas cuenten con planes de evacuación.

Los parlamentarios, el Ejecutivo y la Dirección del Trabajo presentarán una redacción conjunta para definir cómo operará el sistema y las situaciones en que se aplicaría. Además, se impulsaría la obligatoriedad de que las empresas cuenten con planes de evacuación.

En la próxima sesión de la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados se votaría y despacharía a la Sala la propuesta legal, nacida en dos mociones refundidas (boletines 7547 y 9385), destinadas a regular la suspensión de labores al interior de una empresa o servicio, con ocasión de registrarse una emergencia natural, como puede ser un tsunami o terremoto.

Así lo informaron el presidente del grupo parlamentario, diputado Patricio Vallespín (DC), y el integrante de dicha instancia, diputado Ramón Barros (UDI), al término de la sesión de esta semana, donde se analizó la iniciativa junto al director del Trabajo, Christian Melis, y al representante del Ministerio del Trabajo, Francisco Del Río.

El diputado Vallespín explicó que el proyecto busca establecer el derecho que pueden tener los trabajadores a dejar su lugar de trabajo cuando hay situaciones de emergencia o catástrofe y que la idea es definir una redacción que permita que esta norma no se preste para abusos.

En la misma línea, el diputado Barros explicitó que esperan una redacción más clara y precisa que se haga cargo del abandono de trabajadores en momentos de crisis o momentos de estado de pánico por cataclismos, terremotos, tsunami, etc. "Muchas veces, uno esperaría que la Onemi de una alerta, pero el trabajador, para resguardar su vida, debe salir de inmediato, por lo tanto, vamos a generar una redacción más bien de orden positivo, definiendo el derecho de poder evacuar el trabajo sin necesariamente una orden que emane de un servicio, que muchas veces es posterior al evento", precisó.

Durante la sesión, Christian Melis reconoció que el tema obedece a una problemática que se ha generado en varias ocasiones y que la Dirección ha podido constatar en terreno. "En una de las últimas situaciones, donde hubo alerta de tsunami, pudimos corroborar varios casos de empresas donde derechamente se les negó la posibilidad a los trabajadores de evacuar, no obstante estar en la zona de evacuación del borde costero y en otros casos la evacuación fue tardía", puntualizó.

Dijo que a través de más de tres mil fiscalizaciones en el borde costero, también se corroboró que más del 60% de las empresas no contaba con programa de evacuación frente a emergencias de este tipo, lo que consideró un riesgo porque las personas no saben cómo reaccionar frente a un evento de esta naturaleza.

Sostuvo que comparten la necesidad de regular el tema y planteó que el objeto de la regulación debiera ser la suspensión de la labor con ocasión de medidas de evacuación frente a un evento de inseguridad inminente y riesgo para la vida del trabajador.

Indicó que se propuso a los diputados dos fórmulas de regular el tema, que son compatibles entre ellas: la ya citada vía de establecer el derecho del trabajador a reaccionar, como una especie de autotutela frente a situaciones de peligro inminente para su propia vida; y establecer la obligación del empleador de establecer medidas de evacuación para su personal. "La idea es cómo hacer conciliables ambos aspectos, el derecho individual del trabajador y la obligación del empleador", precisó.