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Publicado 20/11/2014 17:00:52

Comisión aprueba proyecto que sanciona violencia en campañas electorales

La Comisión de Gobierno Interior aprobó en particular el texto que busca evitar hechos de violencia durante las campañas electorales, iniciativa originada en una moción de un grupo transversal de parlamentarios.

La Comisión de Gobierno Interior aprobó en particular el texto que busca evitar hechos de violencia durante las campañas electorales, iniciativa originada en una moción de un grupo transversal de parlamentarios.

Tras su aprobación en general en la Sala de la Corporación el pasado 12 de noviembre, el proyecto (boletín 8980) volvió a la comisión de Gobierno Interior que debió pronunciarse respecto de las diversas indicaciones que fueron presentadas.

El texto aprobado esta semana tuvo como antecedente la agresión sufrida por Luciano Rendón, de parte de un grupo de brigadistas en el marco de la campaña municipal en Peñalolén, el año 2012; y que los parlamentarios coinciden en que se debe legislar para prevenir y evitar que se repitan situaciones como esa.

De esa manera, el diputado Bernardo Berger (RN) precisó que se busca regular las campañas políticas e identificar a las personas que trabajan en los distintos comandos y los vehículos que se utilizan, “para controlar y bajar el nivel de ímpetu que ocurre al interior de un proceso electoral”.

Por su parte, la diputada Daniella Cicardini (PS) explicó que se rechazó la idea que los registros de brigadistas fueran llevados por los gobernadores en lugar del Intendente, ya que esto solo podía “dificultar y enredar el proceso”. Sin embargo, indicó que a su juicio la entidad competente debió ser el Servicio Electoral, porque corresponde “a un organismo autónomo, sin intencionalidad política de por medio”.

La parlamentaria también se manifestó en desacuerdo con que se consideren brigadistas a los voluntarios, por la dificultad de “controlar a esas personas, que a veces van un día” y tener que asumir como candidatos una responsabilidad que “a lo mejor no nos corresponde”.

Texto aprobado

El proyecto modifica la ley 18.700, Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, para determinar que se considerarán brigadistas a todas las personas que realicen acciones de promoción, difusión o información en una campaña electoral determinada, o colaboren en ella, reciban o no algún tipo de compensación económica.

Además, solo podrán trabajar como brigadistas personas mayores de edad que no hayan sido condenadas por delitos contra las personas o que merezcan pena aflictiva; y deberán utilizar distintivos que permitan identificar el candidato o partido para el cual ejecutan labores de campaña.

El total de brigadistas deberán estar incluidos en un registro que deberá llevar cada candidato, el cual será entregado a la Intendencia regional respectiva; así como las sedes de campañas y el listado de vehículos que se utilicen para propaganda y publicidad electoral. La omisión o incumplimiento de este registro, implicará multas a los candidatos desde las 20 a 100 UTM, y no procederá devolución de gasto electoral hasta que dichas multas hayan sido pagadas en la Tesorería General de la República.

La moción también establece que tanto el candidato como su partido político serán solidariamente responsables de todo daño causado, dolosa o negligentemente, por uno o más de sus brigadistas con ocasión de actos de propaganda electoral, por el solo hecho de encontrarse inscritos en los respectivos registros.

La moción fue presentada por los diputados Marco Antonio Núñez (PPD); Ricardo Rincón (DC), Sergio Aguiló (Ind), Sergio Ojeda (DC), las diputadas Andrea Molina (UDI) y Denisse Pascal (PS); y los ex diputados Carlos Montes, Carolina Goic y Ximena Vidal.