Materia:
Factibilidad de suspender temporalmente la aplicación de las fórmulas tarifarias utilizadas por las empresas que prestan servicios sanitarios, ordenadas conforme al decreto con fuerza de ley Nº 70 de 1988 del Ministerio de Obras Públicas, a objeto de que se establezca un mecanismo de facturación especial, con ocasión de los efectos económicos que ha generado la crisis sanitaria por el Covid-19.