Comisiones
¿Cuántos tipos de comisiones existen?
Las comisiones pueden ser: permanentes, unidas, especiales investigadoras, mixtas y bicamerales.
¿Cómo puedo acceder a información sobre las Jornadas Temáticas?
Usted puede acceder a la información a través del sitio Web de la Cámara de Diputadas y Diputados, dentro de cada comisión permanente.
¿Qué es la comisión especial mixta de presupuesto?
Es una comisión especial encargada de informar el proyecto de Ley de Presupuesto, formada por igual número de senadores y/o senadoras y, diputados y/o diputadas, que debe quedar constituida durante el mes de septiembre de cada año y es presidida por el senador o senadora que elija de entre sus miembros.
La propia comisión fija en cada oportunidad sus normas de funcionamiento y puede formar en su seno las subcomisiones que necesite para el estudio de las Partidas del proyecto de ley.
¿Qué es una citación de comisión?
Es la convocatoria a asistir a una sesión de comisión, la que es realizada por su Presidente o por su Secretario.
¿Qué son la comisiones permanentes?
Son aquellas comisiones establecidas como tales por el Reglamento de la Cámara de Diputados. Les corresponde el estudio y despacho de proyectos de ley o de otros asuntos que eventualmente les asigne la Sala. Cada una está integrada por 13 diputados(as).
En la actualidad hay 27 comisiones permanentes. Estas son las siguientes:
1° Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización.
2° Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana.
3° Constitución, Legislación y Justicia.
4° Educación.
5° Hacienda.
6° Defensa Nacional.
7° Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones.
8° Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Rural.
9° Medio Ambiente y Recursos Naturales.
10° Salud.
11° Trabajo y Seguridad Social.
12° Minería y Energía.
13° Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa, Protección de los Consumidores y Turismo.
14° Vivienda, Desarrollo Urbano y Bienes Nacionales.
15° Derechos Humanos y Pueblos Originarios.
16° Familia y Adulto Mayor.
17° Ciencias y Tecnología.
18° Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos.
19° Deportes y Recreación.
20° Zonas Extremas y Antártica Chilena.
21° Seguridad Ciudadana.
22° Cultura, Artes y Comunicaciones.
23° Desarrollo Social, Superación de la Pobreza y Planificación.
24° Recursos Hídricos y Desertificación.
25° Mujeres y Equidad de Género.
26° Personas Mayores y Discapacidad.
27° Emergencia, Desastres y Bomberos.
Las comisiones permanentes no podrán constituirse, además, como comisiones especiales investigadoras.
¿Qué son las Jornadas Temáticas?
Son una instancia de relación con la ciudadanía que tiene por objeto desarrollar uno o varios temas de interés e interactuar con los ciudadanos relacionados con la temática en cuestión. Estas, se caracterizan por ser públicas. Cada comisión permanente debe desarrollar dos jornadas temáticas dentro de cada período legislativo, en coordinación con la Comisión de Régimen Interno y Administración de la Cámara de Diputadas y Diputados.
¿Qué son las audiencias públicas?
Son audiencias que celebran las comisiones permanentes con la finalidad de escuchar a las instituciones o entidades que tengan interés en la materia a que se refiere el proyecto de ley en estudio.
Para participar en ella, los interesados deben inscribirse en la Secretaría de la Comisión, quien informará a través del sitio en internet y del canal de televisión de la Cámara de Diputadas y Diputados y, en caso necesario, por otros medios de comunicación, la realización de dichas audiencias y los principales alcances del proyecto de ley en trámite.
Las Comisiones pueden autorizar la transmisión televisiva, radial y a través de internet, de las audiencias públicas.
¿Qué son las comisiones bicamerales?
Son comisiones integradas por diputados, diputadas y senadores, senadoras para el estudio de materias de interés común o cuya complejidad o importancia haga necesario un sistema excepcional de discusión y aprobación. Estas comisiones disponen sus propias normas de procedimiento. Su creación debe ser acordada por la Cámara de Diputadas y Diputados y el Senado, así como su competencia y el plazo para cumplir con el estudio encomendado.
Un ejemplo de Comisión Bicameral es la que tiene a su cargo la dirección superior de la Biblioteca del Congreso Nacional, servicio común a ambas Corporaciones.
¿Qué son las comisiones especiales investigadoras?
Son comisiones creadas por la Cámara (Sala), con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno, con el acuerdo de a lo menos dos quintos de los diputados y/o las diputadas en ejercicio. Están integradas por trece diputados y diputadas.
Los ministros de Estado, los demás funcionarios de la Administración del Estado y el personal de las empresas del Estado o de aquellas en que este tenga participación mayoritaria están obligados a comparecer y a suministrar los antecedentes y las informaciones que las comisiones especiales investigadoras les soliciten.
¿Qué son las comisiones mixtas?
Son comisiones constituidas por igual número de diputados y/o diputadas y senadores y/o senadoras que tienen por finalidad proponer la forma de resolver las dificultades surgidas por la diversa opinión de ambas cámaras en relación a un proyecto determinado. Estas se forman cuando un proyecto de ley aprobado por la cámara en que inició su tramitación legislativa (cámara de origen):
a) Fue desechado en su totalidad por la cámara revisora, o
b) Fue adicionado o enmendado por la cámara revisora y al volver a la cámara de origen, tales adiciones o enmiendas fueron rechazadas por esta.
Se integran por igual número de miembros de cada cámara, conforme a lo que establezcan las normas reglamentarias que ellas acuerden, las que señalarán las mismas atribuciones y deberes para los senadores y las senadoras y, los diputados y las diputadas.
La comisión mixta debe procurar concordar un texto, para el proyecto de ley, que concite el acuerdo de ambas cámaras.
¿Qué son las comisiones unidas?
Las comisiones unidas son la reunión de dos o más comisiones con la finalidad de encargarse del examen conjunto de un determinado asunto, cuando la Cámara (Sala) así lo acuerda.
¿Qué son las comisiones?
Las comisiones son organismos colegiados (formados por varias personas) integrados por un número determinado de diputados y/o diputadas y, excepcionalmente, por diputados, diputadas y, senadores y senadoras, cuya función primordial es el estudio pormenorizado y especializado de cada uno de los proyectos de ley y de las materias que, por disposición del Reglamento, son sometidas a su conocimiento. Los partidos políticos presentes en la Cámara están representados en las comisiones por un número proporcional al de sus diputados y diputadas.
Usualmente reciben la opinión de expertos en la materia que estén analizando y realizan audiencias públicas con la finalidad de escuchar la opinión de las organizaciones de la sociedad civil interesadas en el tema.
Las comisiones pueden ser: permanentes, unidas, especiales investigadoras, mixtas y bicamerales.
¿Qué son las visitas inspectivas?
Son visitas que las comisiones permanentes y las comisiones especiales investigadoras pueden acordar realizar y que consisten en trasladarse fuera del recinto de la Cámara de Diputadas y Diputados para acopiar los antecedentes que requieran para su labor. Aún cuando no son sesiones reglamentarias, los miembros de una comisión en visita inspectiva pueden adoptar todas las resoluciones inherentes al cumplimiento de las finalidades que originaron la visita.