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Proyecto de Ley:

Modifica la ley N°19.496, que Establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores, para aumentar la sanción aplicable al que suspendiere, paralizare o no prestare, sin justificación, un servicio domiciliario básico, incluido el de internet, previamente contratado

Legislatura:
368
Fecha de ingreso:
miércoles 10 de junio de 2020
Estado
  • Primer trámite constitucional
Numero de boletín
13578-03                Refundido con: 11285-03, 11659-03, 12742-03, 12936-03, 9709-03, 9743-03, 9991-03
Materia:
Coronavirus,Coronavirus Covid-19,Covid-19
Iniciativa:
Moción
Cámara de origen
Cámara de Diputados

Tramitación

Fecha Sesión Etapa Sub-etapa Documento
10 Jun. 2020 Primer trámite constitucional / C. Diputados Ingreso de proyecto Ver
16 Jun. 2020 30ª / 368 Primer trámite constitucional / C. Diputados Cuenta de proyecto. Pasa a Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo.
18 Mar. 2021 4ª / 369 Primer trámite constitucional / C. Diputados Cuenta de un oficio de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo (N°809), por el cual solicita recabar el acuerdo de la Sala para refundir los proyectos, originados en moción, contenidos en los boletines que indica. ACORDADO.
18 Mar. 2021 Primer trámite constitucional / C. Diputados Oficio N° 16.374. Comunica a la Comisión de Economía que la Cámara acordó acceder a su petición, en orden a refundir los proyectos de ley, iniciados en mociones, que modifican la ley Nº 19.496, que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores Ver
25 Mar. 2021 7ª / 369 Primer trámite constitucional / C. Diputados Cuenta de un oficio de la Comisión de Economía, Fomento; Micro, Pequeña y Mediana Empresa; Protección de los Consumidores y Turismo (N° 812), por el cual precisa el alcance del acuerdo adoptado con fecha 18 de marzo, en orden a entender refundidos entre sí los boletines N°s 9709-03, 9743-03, 9991-03, 11.285- 03, 11.659-03, 12.742-03, 12.936-03 y 13.578-03.
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