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Proyecto de Ley:

Modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales

Legislatura:
366
Fecha de ingreso:
martes 11 de septiembre de 2018
Estado
  • Segundo trámite constitucional
Numero de boletín
12092-07               
Materia:
Sistema Registral Y Notarial
Iniciativa:
Mensaje
Cámara de origen
Cámara de Diputados
Autor
Ministerio Secretaría General de la Presidencia | Ministerio de Economía, Fomento y Turism | Ministerio de Hacienda

Votaciones

Sesión Artículo A Favor En Contra Abstención Dispensados Resultado Detalle
134 indicación del diputado señor Ortiz: Para agregar en las disposiciones transitorias, un nuevo artículo noveno transitorio del siguiente tenor: “ARTÍCULO NOVENO.- La disposición prevista en el artículo quinto de esta ley, se aplicará a partir del cuarto año desde su entrada en vigencia”. 7 123 10 4 RECHAZADO Ver detalle votación
134 artículo décimo primero en los términos propuestos por la Comisión de Constitución. 97 27 16 4 APROBADO Ver detalle votación
134 indicación del diputado señor Ortiz : Para reemplazar el artículo décimo primero por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO.- Existirá un repositorio digital, de carácter nacional, que consistirá en un sistema unificado de consultas que permitirá acceder remotamente y por medios informáticos, a las escrituras públicas, documentos protocolizados e inscripciones que obligadamente deberán incorporar tanto los notarios como los conservadores. La responsabilidad sobre la existencia, mantención y plena operación de este repositorio digital corresponderá a los notarios, conservadores y archiveros, de manera conjunta debiendo contribuir cada uno de ellos financieramente para tal finalidad en proporción al número de escrituras, documentos protocolizados e inscripciones que extendieren. La fiscalización de la fidelidad y recta marcha de este repositorio digital estará a cargo de la Corporación Administrativa del Poder Judicial. Las especificaciones técnicas que deberá cumplir tal repositorio serán determinados y actualizados por un reglamento dictado por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.”. 39 91 10 4 RECHAZADO Ver detalle votación
134 artículo quinto, cuya votación separada ha sido solicitada. 125 7 8 4 APROBADO Ver detalle votación
134 indicación de la diputada señora Nuyado: Para agregar el siguiente numeral 9° al artículo 96 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces,“9°.Si realizare una inscripción, en contravención a lo dispuesto en el artículo 52 N°5 de este Reglamento." 74 53 13 4 APROBADO Ver detalle votación
134 indicación de la diputada señora Nuyado: Para agregar un nuevo numeral 10° al artículo 78 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, pasando el actual numeral 10° a ser 11: “10°. La indicación, cuando corresponda, de que se trata de tierra indígena de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 19.253;”. 76 49 15 4 APROBADO Ver detalle votación
134 indicación de la diputada señora Nuyado: Para eliminar en el numeral 2 del artículo 53 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces la expresión “,como las servidumbres”. 71 59 12 4 RECHAZADO Ver detalle votación
134 indicación de la diputada señora Nuyado: Para agregar el siguiente numeral 5 en el artículo 52 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces: “5°. Los títulos traslaticios de dominio sobre tierra indígena, que hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas en la ley 19.253.” 75 52 15 4 APROBADO Ver detalle votación
134 indicación de la diputada señora Nuyado: Para agregar en el numeral 1 del artículo 52 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces, a continuación de la expresión “constituidos en inmuebles,” la siguiente: “las servidumbres de cualquier naturaleza”. 77 62 3 4 APROBADO Ver detalle votación
134 número 6 del artículo segundo en los términos propuestos por la Comisión de Constitución. 101 27 14 4 APROBADO Ver detalle votación
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