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Proyecto de Ley:

Modifica la ley N°19.993, con el objeto de permitir que el tratamiento de los productos de la pequeña y mediana minería de Enami pueda realizarse por Codelco en instalaciones distintas de la Fundición Ventanas

Legislatura:
370
Fecha de ingreso:
martes 09 de agosto de 2022
Estado
  • Tramitación terminada
  • (Ley N° 21.546 - D.Oficial 20/04/2023)
Numero de boletín
15265-08               
Materia:
Corporación Nacional Del Cobre De Chile (Codelco-Chile),Empresa Nacional De Minería (Enami)
Iniciativa:
Mensaje
Cámara de origen
Cámara de Diputados
Autor
Ministerio de Hacienda | Ministerio de Minería | Ministerio del Medio Ambiente

Votaciones

Sesión Artículo A Favor En Contra Abstención Dispensados Resultado Detalle
132 Enmienda introducida por el Senado al artículo 3 del proyecto, cuya votación separada ha sido solicitada por el diputado Andrés Longton, y que consta en la página 4 del comparado. 62 1 1 0 APROBADO Ver detalle votación
132 Modificaciones incorporadas por el Senado en el proyecto de ley, originado en mensaje, que “Modifica la ley N°19.993, con el objeto de permitir que el tratamiento de los productos de la pequeña y mediana minería de Enami pueda realizarse por Codelco en instalaciones distintas de la Fundición Ventanas.”, con la salvedad de aquella cuya votación separada ha sido solicitada. 64 0 1 0 APROBADO Ver detalle votación
87 Indicación renovada de parte del Ejecutivo, para agregar un artículo primero transitorio, nuevo, pasando el actual artículo primero a ser segundo transitorio, y así sucesivamente, que consta en las páginas 3 y 4 del comparado, del siguiente tenor: “Artículo Primero Transitorio. A partir de la vigencia de esta ley, las obligaciones de Codelco Chile establecidas en la ley N° 19.993, de recibir y garantizar el procesamiento de los productos de la pequeña y mediana minería que le envíe la Empresa Nacional de Minería, corresponderán al tratamiento máximo histórico realizado por CODELCO para ENAMI en la Fundición Ventanas.”. 63 71 12 0 RECHAZADO Ver detalle votación
87 Indicación renovada de parte del Ejecutivo, para agregar un numeral 1, nuevo, al artículo único del proyecto, pasando el actual numeral 1 a ser 2, y así sucesivamente, que consta en la página 1 del comparado, del siguiente tenor: “1) Reemplázase, en el inciso segundo, la expresión “la fundición y Refinería Las Ventanas”, por la siguiente “Codelco Chile, sus fundiciones y refinerías y preferentemente la División Ventanas”.”. 85 49 12 0 APROBADO Ver detalle votación
87 Indicación renovada de parte del diputado señor Tomás Lagomarsino, para incorporar un nuevo inciso segundo en el artículo 1° de la ley N° 19.993, del siguiente tenor: “Si por cualquier circunstancia el Estado invirtiere, directa o indirectamente, en una nueva fundición de alto estándar industrial y ambiental, ésta deberá cumplir con el requisito sine qua non de que se encuentre en la región de Valparaíso o en las regiones en las que, eventualmente, se subdivida. Esta nueva instalación deberá comenzar a funcionar durante o con posterioridad al cierre de la fundición anterior con el objeto de que no se vea afectada la actividad económica de la zona.”. 93 38 15 0 APROBADO Ver detalle votación
87 100 26 20 0 APROBADO Ver detalle votación
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