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Proyecto de Ley:

Modifica la ley N° 18.695, orgánica constitucional de Municipalidades, y otros cuerpos legales, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito

Legislatura:
371
Fecha de ingreso:
miércoles 24 de mayo de 2023
Estado
  • Segundo trámite constitucional
Numero de boletín
15940-25                Refundido con: 15984-06
Materia:
-
Iniciativa:
Mensaje
Cámara de origen
Cámara de Diputados
Autor
Ministerio Secretaría General de la Presidencia | Ministerio de Hacienda | Ministerio de Vivienda y Urbanismo

Votaciones

Sesión Artículo A Favor En Contra Abstención Dispensados Resultado Detalle
31 Artículo décimo tercero transitorio del texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. 101 30 1 0 APROBADO Ver detalle votación
31 Artículo séptimo transitorio del texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. 113 18 1 0 APROBADO Ver detalle votación
31 Artículo tercero transitorio del texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. 97 32 4 0 APROBADO Ver detalle votación
31 Artículo 55 del texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. 96 33 4 0 APROBADO Ver detalle votación
31 Numeral 9) del artículo 52 del texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. 79 35 19 0 APROBADO Ver detalle votación
31 Indicación renovada que propone incorporar una nueva letra en el numeral 8) del artículo 52 que a su vez incorpora una nueva letra j) en el artículo 104 E de la ley 18695, orgánica constitucional de municipalidades: “Intercálase la siguiente letra j) en el artículo 104 E de la LOC de Municipalidades: “j) Aprobar el listado de inspectores de seguridad municipal que serán autorizados a portar armas basadas en pulsaciones eléctricas, con el objeto de remitirlo posteriormente a la Dirección General de Movilización Nacional. Para ello, el Consejo deberá certificar previamente que quienes fueren autorizados en los términos de este literal no contaren con antecedentes penales y se encontraren en posesión de la certificación que entregue el Ministerio encargado de la seguridad pública, a través de la Subsecretaría encargada de la Prevención del Delito, a quienes hubieren aprobado el examen luego de cursar y aprobar las capacitaciones de inspectoras e inspectores de seguridad municipal conforme a la ley.” 61 53 19 0 RECHAZADO Ver detalle votación
31 Letra c) del numeral 4) del artículo 52 del texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. 97 32 4 0 APROBADO Ver detalle votación
31 Artículo 51 del texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. 100 32 1 0 APROBADO Ver detalle votación
31 Artículo 50 del texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. 101 32 0 0 APROBADO Ver detalle votación
31 Artículo 49 del texto propuesto por la Comisión de Gobierno Interior. 100 32 0 0 APROBADO Ver detalle votación
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