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Proyecto de Ley:

Establece, por una sola vez, como feriados obligatorios e irrenunciables, los días 19 y 20 de septiembre de 2010, para todos los trabajadores dependientes del comercio.

Legislatura:
358
Fecha de ingreso:
miércoles 28 de julio de 2010
Estado
  • Tramitación terminada
  • (Ley Nº 20.465 - D.Oficial 16/09/2010)
Numero de boletín
7082-13               
Materia:
Empleados De Comercio,Feriado Irrenunciable
Iniciativa:
Moción
Cámara de origen
Cámara de Diputados

Votaciones

Sesión Artículo A Favor En Contra Abstención Dispensados Resultado Detalle
67 artículo único contenido en el informe de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social. 60 46 6 0 APROBADO Ver detalle votación
67 Indicación de los diputados Santana, Leopoldo Pérez, Browne y Uriarte y de la diputada Karla Rubilar, al artículo único, para intercalar, a continuación de la expresión “a excepción”, la siguiente oración “de quienes se desempeñen en establecimientos comerciales con menos de cinco trabajadores destinados al expendio de abarrotes y artículos alimenticios, y”. 37 62 3 0 RECHAZADO Ver detalle votación
67 61 41 8 0 APROBADO Ver detalle votación
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