Volver
Proyecto de Ley:

Reconoce y da protección al derecho a la identidad de género.

Legislatura:
361
Fecha de ingreso:
martes 07 de mayo de 2013
Estado
  • Tramitación terminada
  • (Ley N° 21.120 - D.Oficial 10/12/2018)
Numero de boletín
8924-07               
Materia:
Derecho A La Identidad De Genero
Iniciativa:
Moción
Cámara de origen
Senado
Autor
Camilo Escalona | Ricardo Lagos | Juan Pablo Letelier | Lily Pérez | Ximena Rincón

Votaciones

Sesión Artículo A Favor En Contra Abstención Dispensados Resultado Detalle
72 Propuesta N° 2, que consta en las páginas 321 y 322 del informe de la Comisión Mixta. 73 66 1 0 RECHAZADO Ver detalle votación
72 Propuesta N° 1, que consta en las páginas 306 a 321 del informe de la Comisión Mixta. 95 46 0 0 APROBADO Ver detalle votación
116 nuevo artículo 16, incorporado por la Comisión de Derechos Humanos. 59 38 4 0 APROBADO Ver detalle votación
116 Resto del artículo 10 que pasaría a ser 12 en los términos propuestos por la Comisión de Derechos Humanos. 62 39 1 0 APROBADO Ver detalle votación
116 inciso primero del artículo 10 que pasaría a ser 12 en los términos propuestos por la Comisión de Derechos Humanos. 58 40 4 0 APROBADO Ver detalle votación
116 Indicación renovada del diputado Jaime Bellolio para suprimir en el inciso primero del artículo 3° la siguiente frase: “El ejercicio de este derecho deberá sujetarse a la cobertura del respectivo sistema de previsión de salud, conforme a lo establecido por el decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, promulgado el año 2005 y publicado el año 2006, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469, y a las garantías de salud consagradas en la ley N° 19.966.”. 11 85 6 0 RECHAZADO Ver detalle votación
116 artículo 3, que la Comisión de Derechos Humanos propone rechazar. 62 38 4 0 APROBADO Ver detalle votación
116 Indicación renovada del diputado señor Jaime Bellolio para agregar en el inciso tercero del artículo 2 que pasaría a ser 3, la siguiente frase después del punto que pasa a ser coma: “salvo que ello afecte derechos de terceros, caso en el cual el posible afectado deberá consentir en la rectificación de los documentos.”. 43 54 6 0 RECHAZADO Ver detalle votación
116 Indicación renovada del diputado señor Jaime Bellolio para suprimir en el inciso primero del artículo 2 que pasaría a ser 3, la frase “, en sus documentos de identificación y en cualquier otro instrumento público o privado, cuando éstos no coincidan con su identidad de género.”. 96 0 7 0 APROBADO Ver detalle votación
116 Indicación renovada del diputado señor Jaime Bellolio para agregar en el inciso primero del artículo 2 que pasaría a ser 3, a continuación de la expresión “nacimiento” pasando la coma a ser punto seguido, la siguiente frase: “Luego de que se haya llevado a cabo la rectificación, sus documentos de identificación y cualquier instrumento público o privado deberán respetar el nuevo nombre y sexo coincidente con la identidad de género.”. 100 0 3 0 APROBADO Ver detalle votación
1 2 3