12/08/2025 15:06:00 |
4. Oficio del Instituto Nacional del Deporte, mediante el cual da respuesta a oficio de esta Comisión en relación con la adopción del Protocolo contra el Acoso, Abuso, Maltrato y Discriminación en la actividad deportiva, en la Federación Nacional de Rugby, así como en las asociaciones y clubes dependientes de ella a lo largo del país. Informa que la mencionada Federación adoptó el Protocolo General con fecha 17 de marzo de 2021, manteniéndose sus responsables institucionales vigentes hasta el 25 de noviembre de este año. Además, a este Servicio no se le ha remitido denuncia para con esta Federación, en el contexto de la aplicación del Protocolo. En cuanto a la información solicitada de las asociaciones y clubes asociados, indica que se dio inicio a un procedimiento de supervigilancia sobre la referida Federación, con el fin de que remita dicha información. Este procedimiento se encuentra aún en curso, puesto que la información que ha sido remitida por la entidad se encuentra incompleta, debiendo otorgarse una prórroga de plazo. OFICIO 861. |
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4. Oficio del Instituto Nacional del Deporte, mediante el cual da respuesta a oficio de esta Comisión en relación con la adopción del Protocolo contra el Acoso, Abuso, Maltrato y Discriminación en la actividad deportiva, en la Federación Nacional de Rugby, así como en las asociaciones y clubes dependientes de ella a lo largo del país. Informa que la mencionada Federación adoptó el Protocolo General con fecha 17 de marzo de 2021, manteniéndose sus responsables institucionales vigentes hasta el 25 de noviembre de este año. Además, a este Servicio no se le ha remitido denuncia para con esta Federación, en el contexto de la aplicación del Protocolo. En cuanto a la información solicitada de las asociaciones y clubes asociados, indica que se dio inicio a un procedimiento de supervigilancia sobre la referida Federación, con el fin de que remita dicha información. Este procedimiento se encuentra aún en curso, puesto que la información que ha sido remitida por la entidad se encuentra incompleta, debiendo otorgarse una prórroga de plazo. OFICIO 861. |
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4. Oficio del Instituto Nacional del Deporte, mediante el cual da respuesta a oficio de esta Comisión en relación con la adopción del Protocolo contra el Acoso, Abuso, Maltrato y Discriminación en la actividad deportiva, en la Federación Nacional de Rugby, así como en las asociaciones y clubes dependientes de ella a lo largo del país. Informa que la mencionada Federación adoptó el Protocolo General con fecha 17 de marzo de 2021, manteniéndose sus responsables institucionales vigentes hasta el 25 de noviembre de este año. Además, a este Servicio no se le ha remitido denuncia para con esta Federación, en el contexto de la aplicación del Protocolo. En cuanto a la información solicitada de las asociaciones y clubes asociados, indica que se dio inicio a un procedimiento de supervigilancia sobre la referida Federación, con el fin de que remita dicha información. Este procedimiento se encuentra aún en curso, puesto que la información que ha sido remitida por la entidad se encuentra incompleta, debiendo otorgarse una prórroga de plazo. OFICIO 861. |
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4. Oficio del Instituto Nacional del Deporte, mediante el cual da respuesta a oficio de esta Comisión en relación con la adopción del Protocolo contra el Acoso, Abuso, Maltrato y Discriminación en la actividad deportiva, en la Federación Nacional de Rugby, así como en las asociaciones y clubes dependientes de ella a lo largo del país. Informa que la mencionada Federación adoptó el Protocolo General con fecha 17 de marzo de 2021, manteniéndose sus responsables institucionales vigentes hasta el 25 de noviembre de este año. Además, a este Servicio no se le ha remitido denuncia para con esta Federación, en el contexto de la aplicación del Protocolo. En cuanto a la información solicitada de las asociaciones y clubes asociados, indica que se dio inicio a un procedimiento de supervigilancia sobre la referida Federación, con el fin de que remita dicha información. Este procedimiento se encuentra aún en curso, puesto que la información que ha sido remitida por la entidad se encuentra incompleta, debiendo otorgarse una prórroga de plazo. OFICIO 861. |
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