11/11/2019 13:05:00 |
Oficio del Superintendente de Seguridad Social, mediante el cual explica que a través de uno de los sistemas de información que administra realiza procesos de revisión, autorización y fiscalización del otorgamiento de los subsidios por incapacidad laboral común, aplicando reglas de validación para identificar inconsistencias en la información que ingresan o suben al mencionado sistema las Cajas de Compensación Así se analiza los datos proporcionados mensualmente por las Cajas velando porque las licencias médicas que generan el derecho a pago de subsidio y/o pago de cotizaciones previsionales se encuentren pronunciadas por la respectiva COMPIN para lo cual se utiliza la información que proporciona FONASA en el marco de un convenio de colaboración suscrito con esta Superintendencia. Por lo tanto, todo gasto en subsidios y/o cotizaciones rendido por una Caja de Compensación y originado en una licencia médica no pronunciada, es rechazado por el sistema de información y comunicado a la respectiva Caja.
Por último, en las licencias médicas de afiliados a FONASA rechazadas por las COMPIN y Subcomisiones y reclamadas ante la Superintendencia de Seguridad Social, las rendiciones de cuenta de reembolso del subsidio que realizan las Cajas son verificadas con la existencia de' una autorización de la licencia médica por esta Superintendencia, resolución que de no existir, amerita el rechazo del reembolso, solicitado por las Cajas, la Información fue remitida a los correos de los parlamentarios integrantes de la Comisión.
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