13/12/2022 8:56:00 |
Oficio Reservado N°35 del Ministerio de Energía, en respuesta a Oficio N°15, mediante el cual adjunta Oficio RESERVADO N°4 de la Comisión Nacional Energía, de fecha 8 de noviembre de 2022, en el que se indica el link de acceso a la descarga de la Resolución Reservada N°436, de 11 de agosto de 2017, de la CNE, que aprobó el informe técnico que fija el costo del gas ingreso del sistema de distribución de la empresa Metrogas S.A. Se hace presente, que el antecedente remitido contiene información que no tiene el carácter de pública, en los términos a los que se refiere el artículo 12 del decreto ley N°2.224, de 1978, en tanto su naturaleza es comercialmente sensible para las empresas cuyo contrato fue verificado en virtud del artículo duodécimo transitorio de la ley N°20.999. |
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29/11/2022 8:45:00 |
Oficio Reservado N°35 del Ministerio de Energía, en respuesta a Oficio N°15, mediante el cual adjunta Oficio RESERVADO N°4 de la Comisión Nacional Energía, de fecha 8 de noviembre de 2022, en el que se indica el link de acceso a la descarga de la Resolución Reservada N°436, de 11 de agosto de 2017, de la CNE, que aprobó el informe técnico que fija el costo del gas ingreso del sistema de distribución de la empresa Metrogas S.A. Se hace presente, que el antecedente remitido contiene información que no tiene el carácter de pública, en los términos a los que se refiere el artículo 12 del decreto ley N°2.224, de 1978, en tanto su naturaleza es comercialmente sensible para las empresas cuyo contrato fue verificado en virtud del artículo duodécimo transitorio de la ley N°20.999. |
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22/11/2022 8:45:00 |
Oficio Reservado N°35 del Ministerio de Energía, en respuesta a Oficio N°15, mediante el cual adjunta Oficio RESERVADO N°4 de la Comisión Nacional Energía, de fecha 8 de noviembre de 2022, en el que se indica el link de acceso a la descarga de la Resolución Reservada N°436, de 11 de agosto de 2017, de la CNE, que aprobó el informe técnico que fija el costo del gas ingreso del sistema de distribución de la empresa Metrogas S.A. Se hace presente, que el antecedente remitido contiene información que no tiene el carácter de pública, en los términos a los que se refiere artículo 12 del Decreto Ley N°2.224, de 1978, en tanto su naturaleza es comercialmente sensible para las empresas cuyo contrato fue verificado en virtud del artículo duodécimo transitorio de la Ley N°20.999. |
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