04/08/2025 10:06:00 |
Oficio del jefe de División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo por el cual señala que sobre la base de los mecanismos del D.S. N°49 Fondo Solidario de elección de vivienda, los proyectos que han incorporado vivienda industrializada, han sido desarrollado y presentados al SERVIU para su evaluación a través de entidades patrocinantes privadas, en base a las disposiciones legales del reglamento que establece por un lado que, serán las familias las que escogerán a una empresa constructora a través del patrocinio de una Entidad, y por otro, que para la postulación se deberá suscribir un contrato de construcción entre el grupo organizado o comité de vivienda cuyas familias son titulares del subsidio, la Entidad Patrocinante y la Constructora responsable de la ejecución. En relación con el listado de las empresas destinadas a trabajar en la reconstrucción bajo esta modalidad informa que no existe una destinación de empresas, sino que empresas habilitadas para fabricar viviendas industrializadas y que pueden presentar proyectos a través de Entidades Patrocinantes o eventuales licitación o concursos. |
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