Artículo:
indicación presentada por los diputados señores Jorge Burgos, Aldo Cornejo, Ricardo Rincón, José Miguel Ortiz y Guillermo Ceroni, para reemplazar el inciso segundo del artículo sexto transitorio por el siguiente:
“Los procesos que se encuentren en la Corte Suprema en que existan sentenciados exclusivamente civiles serán resueltos por dicho tribunal superior, el cual se conformará sin la integración del Auditor General del Ejército o quien deba subrogarlo. Los casos de coautoría y coparticipación de civiles y militares se sustanciarán y fallarán conforme a las normas vigentes en el momento de iniciación del referido proceso.”.
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe
Quorum
Ley Organica Constitucional