Artículo:
indicación de las diputadas María José Hoffmann, María Antonieta Saa y Cristina Girardi, y de los diputados Rodrigo González, Manuel Rojas, Sergio Aguiló, Mario Venegas, Carlos Montes y Romilio Gutiérrez, para agregar el siguiente artículo transitorio:
“Artículo transitorio.- Los establecimientos educacionales que no estén legalmente obligados a constituir el Consejo Escolar deberán crear un Comité de Buena Convivencia Escolar u otra entidad de similares características en el plazo de seis meses a contar de la publicación de esta ley.”.
Trámite:
Segundo Trámite / Primer Informe
Quorum
Ley Organica Constitucional