Artículo:
indicación N°8 de la Comisión de Hacienda, para reemplazar la frase “estos se regirán por lo dispuesto en los artículos 49 y siguientes” por la siguiente: “estos se regirán por los parámetros establecidos en los artículos 49 y siguientes, los que se calcularán respecto del remanente de vida útil de la faena minera o de hidrocarburo”.
Trámite:
Segundo Trámite / Primer Informe
Quorum
Ley Organica Constitucional