Materia:
Otorga un reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, reajusta las asignaciones familiar y maternal, del subsidio familiar y concede otros beneficios que indica.
Artículo:
Indicación de la Presidenta de la República para sustituir el artículo 1° contenido en el certificado de la Comisión de Hacienda por el siguiente:
"Artículo 1°.- Quedarán excluidos del reajuste de remuneraciones a que se refiere el artículo anterior, los cargos mencionados en el inciso segundo del artículo 1° de la ley N° 19.863 y aquellos que se remuneren en forma análoga a éstos, así como los alcaldes cuyos cargos se encuentren entre los grados 1° al 4° de su respectiva escala de remuneraciones.".
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe