Materia:
Crea y regula los registros nacionales de inspectores técnicos de obra (ITO) y de revisores de proyectos de cálculo estructural, modifica normas legales para garantizar la calidad de construcciones y agilizar las solicitudes ante las direcciones de Obras Municipales.
Artículo:
Con excepción del artículo 23 contenido en el artículo primero del mensaje, y del artículo tercero del proyecto, por tener el carácter de normas orgánicas constitucionales.
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe