Artículo:
indicación de los diputados y diputadas señores Torres, Ulloa, señora Provoste, Saffirio, Fuentes, Ojeda, Morano, Jaramillo, señora Álvarez, Tuma, Chávez, Vallespín, Fidel Espinoza, Lorenzini, Ward y Meza, para reemplazar el artículo único del proyecto por el siguiente:
“Prorrogase, por única vez, el plazo para hacer exigible la obligación establecida en el artículo 64 B de la Ley General de Pesca y Acuicultura, para las embarcaciones artesanales, hasta el 9 de agosto de 2015, inclusive.".
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe