Artículo:
inciso segundo del artículo 15 con la siguiente indicación renovada de la diputada señora Daniella Cicardini y del diputado señor Jaime Mulet: Para incorporar en el inciso segundo del artículo 15, a continuación de la frase “tecnológicos o administrativos”, la siguiente frase:
“Una tarifa base neta para todos los vehículos que operan en las EAT, que no puede ser inferior al 70% de la tarifa ya regulada; por su parte las EAT no podrán cobrar una comisión superior al 15% de la tarifa bruta al conductor,”
Trámite:
Primer Trámite / Primer Informe